A través del Decreto 0015 de 2026, la Alcaldía de Cartagena determinó las medidas de circulación vehicular que regirán en la ciudad para este año, tales como el pico y placa y las diferentes restricciones que existen para las motocicletas.
Allí también se definió la continuidad de una medida que se había implementado durante la temporada de Navidad y Fin de Año, pero que ahora se extenderá incluso hasta principios del 2027: el permiso especial para que las motocicletas puedan circular entre las 11 p.m. y las 5 a.m., pese a la restricción nocturna.
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En un principio se había determinado que pudieran acceder a él solo los motociclistas que trabajaran en comercios ubicados en la zona turística de la ciudad, sin embargo, según explicó José Ricaurte, director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), la medida aplicará para toda la ciudad.
“Esta fue una solicitud que no solo se hizo para la temporada turística. Los establecimientos nos lo pidieron, nosotros lo vimos prudente y por eso decidimos continuar dándoles la oportunidad, porque sabemos que a esas horas no hay servicio de transporte público colectivo”, afirmó.

Requisitos para acceder al permiso de circulación nocturna de motocicletas
Podrán acceder a este permiso los ciudadanos que laboren en empresas y comercios formalmente constituidos, con el cual podrán circular en sus motocicletas entre las 11 p.m. y las 5 a.m. siempre y cuando no estén en pico y placa.
El trámite debe ser realizado por el empleador, que deberá remitir al DATT el listado de las placas de los vehículos junto con el nombre de los empleados asociados a su uso, incluyendo aquellos vinculados mediante contratos de prestación de servicios.
Estos son los documentos que deben aportar para cada empleado:
- Licencia de conducción.
- Licencia de tránsito del vehículo.
- Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
- Certificado de revisión técnico mecánica.
- Tres últimas planillas de pago al Sistema de Seguridad Social que permita asociar la vinculación del personal con la empresa solicitante.
- En caso de contratistas, debe adjuntarse de forma adicional una certificación de vinculación contractual.
Para acceder al permiso, los empleados y contratistas deben encontrarse a paz y salvo por concepto de sanciones por infracciones a las normas de tránsito a nivel nacional y por concepto de derechos de tránsito ante el DATT, en caso de que el vehículo esté matriculado en Cartagena.
Además, los ciudadanos a los que les sea autorizada la excepción deben realizar el pago de derecho de tránsito correspondiente.
Circulación de motos de alto cilindraje en la zona turística
Otra medida a la que se decidió darle continuidad fue a la circulación de motocicletas de alto cilindraje de tipo recreativo en la zona turística de Cartagena en el horario comprendido entre las 11 p.m. hasta las 2 a.m.
Los barrios autorizados para la aplicación de esta medida son Crespo, Marbella, El Cabrero, Centro, Getsemaní, Manga, Bocagrande, Castillogrande, El Laguito y el sector del Castillo San Felipe.
El DATT explicó que para acceder a este permiso no será necesaria una inscripción, pero el conductor debe estar inscrito en una asociación de moteros debidamente registrada ante la autoridad de tránsito, lo cual deberá acreditar en caso de que así sea requerido en la vía.