Si está pensando en vender o comprar un vehículo usado en Cartagena, preste mucha atención. Realizar el traspaso de propiedad no es solo un trámite formal, es la única garantía legal para evitar que los problemas del futuro (como fotomultas, impuestos atrasados o deudas por accidentes) recaigan sobre la persona equivocada.
El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) de Cartagena es el ente encargado y autorizado para la realización de este trámite. A continuación, le presentamos la guía con los requisitos esenciales para que realice su trámite con éxito y de forma segura.
Para que el trámite sea exitoso, tanto el comprador como el vendedor deben estar involucrados en este proceso. Te puede interesar: Parquear mal e invadir el carril de Transcaribe: las multas más frecuentes en Cartagena y lo que le pueden costar
¿Qué es el traspaso vehicular?
El traspaso es el trámite legal mediante el cual se transfiere el derecho de propiedad de un vehículo automotor (carro, moto, camión, etc.) de una persona a otra. A través de este proceso, el cambio de dueño queda registrado oficialmente ante el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y el organismo de tránsito local.
No basta con firmar un contrato privado o entregar las llaves; hasta que el tránsito no procese el traspaso, el vehículo sigue perteneciendo legalmente al vendedor. Lee también: ¿Te inmovilizaron la moto? Esto es lo que debes hacer
¿Por qué es importante este proceso para formalizar la compra o venta de un vehículo?
Hacer el traspaso en el caso del comprador es la única forma de blindar su tranquilidad y patrimonio. En el caso del vendedor, asegura que las futuras fotomultas, impuestos atrasados o deudas por accidentes aplicados mediante la placa o tarjeta del vehículo recaigan sobre su persona.
Explicado de esta manera, los inconvenientes futuros para las implicadas en la compra y venta del vehículo son:
Para el vendedor: si no se realiza el traspaso, usted seguirá siendo el responsable jurídico de todo lo que ocurra con el vehículo. Esto significa que, si el nuevo dueño comete una infracción llegarán a su nombre; si no paga los impuestos anuales, la Gobernación lo embargará a usted; y si el carro se ve involucrado en un delito, usted podría ser vinculado a procesos judiciales.
Para el comprador: Es la única manera de demostrar que el vehículo es legalmente suyo. Sin el traspaso, no podrá venderlo en el futuro, no podrá reclamar seguros en caso de pérdida y corre el riesgo de que el vehículo sea embargado por deudas ajenas del antiguo dueño.
Estos son los documentos requeridos para tramitar el traspaso de un vehículo
Antes de iniciar este proceso, tanto el vendedor como el comprador del vehículo deben estar registrados en el RUNT y haber diligenciado el formulario de solicitud de trámite suscrito por el vendedor y por el comprador y haberlo descargado en la web del RUNT y del Ministerio de Transporte. Este primer proceso del formulario es totalmente gratis.
De acuerdo con los requerimientos en los tramites y servicios ofrecidos por el Departamento de Tránsito y Transporte, los documentos requeridos tanto al vendedor como al comprador del vehículo son los siguientes:
- Contrato de Compraventa: documento en el que conste la transferencia del derecho del dominio del vehículo celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles. Autenticado por ambas partes. (Debe decir contrato de compra y venta, no promesa).
- Pago de retención en la fuente 1% del avaluó comercial establecido por el Ministerio de Transporte.
- Estampilla de paz y salvo (servicio particular – motos con cilindraje superior a 125CC, Gobernación).
- Copia del pago del impuesto único vehicular hasta la vigencia actual (servicio particular, Gobernación, y motos con cilindraje superior a 125 CC).
- Contrato de cesión de vinculación: firmado por el vendedor y comprador (servicio público de pasajeros y mixto) previa aceptación de la empresa.
- Seguro - SOAT vigente incorporado al RUNT.
- Si el propietario es persona jurídica, certificado de existencia y representación legal no mayor a 30 días.
- Licencia de tránsito o la declaración por escrito de la pérdida del documento.
- Certificación de paz y salvo de la gobernación.
- Pago del derecho de tránsito DATT.
Para el caso de traspaso de vehículos blindados:
- Autorización expedida por la superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada al nuevo propietario.
Para el caso de vehículos con vidrios polarizados, entintados u oscurecidos:
- Acreditación del permiso otorgado por la policía Nacional.
Si el traspaso en por Remate anexar Acta de adjudicación. Cuando se trate de traspaso de vehículos objeto de extinción de dominio anexar acto administrativo que ordena la enajenación de bienes expedido por la dirección nacional de estupefacientes.
DATT
Paso a paso para tramitar el traspaso de un vehículo ante el DATT
Para realizar este trámite en Cartagena de forma organizada, después de diligenciar el formulario de solicitud de trámite (traspaso) suscrito por el vendedor(es) y por el comprador(es), a su vez después de tener listo el contrato de compra y venta, debes seguir los siguientes pasos:
- Aparta tu cita en alguna de las sedes del DATT.
- Pago del trámite: antes de iniciar el proceso de traspaso, debes primero cancelar el trámite por un valor de $213.072 COP en uno de los bancos autorizados por el DATT.
- Llegada y Turno: al llegar al lugar acércate para notificar tu llegada y espera tu turno.
- Revisión de Documentos: al ser llamado, entrega la carpeta con todos los documentos requeridos mencionados anteriormente.
- Radicación: si los documentos son válidos, el funcionario procederá a radicar tu solicitud en el sistema RUNT. Una vez radicada tu solicitud, te indicarán si debes esperar allí mismo para la entrega de la nueva licencia de tránsito.
- Expedición: una vez aprobado, el DATT procederá a realizar el cambio en el sistema y se expedirá la nueva licencia de tránsito (tarjeta de propiedad) a nombre del nuevo dueño y te será entregada.
Oficinas de DATT en Cartagena: direcciones y horarios de atención
En la ciudad se encuentran en funcionamiento las siguientes sedes del Departamento de Tránsito y Transporte y estas son sus direcciones y horarios de atención:
Barrio Espinal:
Dirección: carrera 14 No. 31ª-15, Edificio Camino Real, pisos 1 y 2.
Horario de atención:
- Lunes a viernes: 08:00 a.m. a 12:30 p.m. / 02:00 p.m. a 4:30 p.m.
- Sábados y domingos: 08:00 a.m. a 12:30 p.m. / 02:00 p.m. a 4:30 p.m.
Barrio Manga:
Dirección: 4ta Avenida, No. 17-19
Horario de atención:
- Lunes a viernes, jornada continua: 08:00 a.m. a 04:30 p.m.
- Sábados y domingos: 08:00 a.m. a 11:30 p.m.
Avenida Pedro de Heredia
Dirección: Centro Comercial Ronda Real, locales 133 –134.
Horario de atención:
- Lunes a viernes: 08:00 a.m. a 12:30 p.m. / 02:00 p.m. a 4:30 p.m.
- Sábados y domingos: 08:00 a.m. a 11:30 p.m.

