Cartagena


Ley Seca y otras restricciones este fin de semana de votaciones en Cartagena

A través del Decreto 0366, la Alcaldía de Cartagena estableció las restricciones que habrá este fin de semana de votaciones.

REDACCIÓN CARTAGENA

09 de marzo de 2022 06:05 PM

El próximo domingo 13 de marzo habrá votaciones al Senado, la Cámara y consultas interpartidistas, es por ello que la Alcaldía de Cartagena ya expidió las restricciones que habrá durante la fecha a través del Decreto 0366 del 9 de marzo.

El Decreto por el cual se dictan las medidas para la conservación del orden público con ocasión de las elecciones del Congreso de la República establece los siguientes lineamientos desde las 6 de la tarde del sábado 12 de marzo hasta las 6 de la mañana del lunes 14 de marzo:

- Ley Seca: se prohibe el expendio y/o consumo de bebidas embriagantes y alcohol desde las 6 de la tarde del sábado 12 de marzo hasta las 6 de la mañana del lunes 14 de marzo.

- Circulación de vehículos: se prohibe el tránsito o circulación de vehículos para cualquier clase de transporte de escombros, chatarras, cilindros de gas propano y mudanzas desde las 6 de la tarde del sábado 12 de marzo hasta las 6 de la mañana del lunes 14 de marzo.

- Prohibidos los Pick Up: queda prohibida la realización de cualquier tipo de espectáculos públicos eventos privados o que conlleven a la utilización de pick ups o artefactos de ampliación de sonido.

- Artículos pirotécnicos: se prohibe la venta, distribución y uso de pirotecnia. Excepto por aquellos que sean autorizados por la Secretaría del Interior.

- Reuniones y desfiles en espacio público: quedan prohibidas las reuniones, desfiles, caravanas o cualquier otro evento o manifestaciones públicas en calles, parques, plazas, plazoletas o espacios residuales.

- Parqueo en puestos de votación: se prohibe el parqueo de vehículos dentro de los 200 metros a la redonda de cada puesto de votación, instalaciones militares, policiales, organismos de seguridad o justicia e instalaciones públicas o de servicio público.

- Parqueo en sitios de escrutinio: se prohibe el parqueo de vehículos dentro de los 200 metros a la redonda de las registradurías o sitios destinados a escrutinios.

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (Datt) estará encargado de adoptar las medidas de restricción en la circulación vehicular. Tal y como los alcaldes locales y la policía lo harán según sus competencias.

Recuerde que la infracción de lo antes dispuesto conlleva a recibir sanciones dependiendo de los que la ley disponga en cada caso.

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