Guillermo Enrique Ávila Barragán, secretario de Planeación de la Alcaldía de Cartagena, durante su intervención en el Libro Blanco, señaló que entre las presuntas irregularidades encontradas por su equipo de trabajo está inicialmente la falta de información en los procesos judiciales y misionales de esta dependencia, donde en su mayoría faltan documentos.
En cuanto a los procesos judiciales aseguró que no se especificó qué tipo de proceso era, la jurisdicción a la que le correspondía, el estado actual de dicho proceso, la ruta crítica, el estado actual de cada tutela, el derecho fundamental que debía ser amparado y las acciones populares que se interpusieron.
Además aseguró que en los procesos misionales la información que se tiene sobre el estado del Plan de Acción Marinas, APP, planes parciales, plusvalía (Acuerdo 041), PQR sin contestar (no se entregó información precisa sobre el estado de las mismas o cuáles se encuentran vencidas), la gestión documental y los planes de mejoramiento, tienen información insuficiente o inexistente de estos procesos.
Contratos y convenios
Con relación al contrato de consultoría, No. SPD-CM-001-2018, el cual trata sobre la formulación de la propuesta integral del Plan Especial de Manejo y Protección del sector antiguo de la ciudad de Cartagena de Indias y su zona de influencia y la formulación del Plan de Mejoramiento Integral de la Boquilla y los estudios necesarios para la propuesta de reubicación de los nativos de Marlinda y Villagloria, el secretario indicó que no se evidencian documentos de supervisión del convenio.
Además explicó que al parecer, el contrato fue objeto de auditoría por la Contraloría General de la República y hallaron un documento administrativo con presunta incidencia disciplinaria y presunta incidencia fiscal en cuantía de $2.602.211.772.
Sobre el convenio interadministrativo, No.002-2019, por un valor de $1.400.000.000, el cual trata de promover la recuperación y ordenamiento urbanístico parcial en el Caño Juan Angola y las lagunas de Marbella, Cabrero y Chambacú, sustentadas en el marco de lo establecido en el POT vigente, argumentó el secretario que no se evidenciaron documentos que den cuenta de la ejecución y supervisión del convenio, ni acta de liquidación debidamente firmada.
El secretario también argumentó que se comunicaron con la contraparte para conocer del proyecto y este aseguró que había decretado la terminación unilateral del convenio.
Ávila Barragán aseguró que encontraron una licencia de ocupación e intervención del espacio público Resolución 8328 del 6 de noviembre de 2019, con la cual se concedió la instalación de antenas de comunicación aledañas al Centro Histórico, concedida en contravención a las normas urbanísticas.
Además encontraron la resolución 8050 expedida el 24 de octubre de 2019, donde se otorga permiso para localizar y ubicar 108 antenas en todo el distrito, según señaló el secretario, encontraron que 1 está en Getsemaní y 5 en el entorno del Centro y harán lo posible porque no sean instaladas.
Por esta razón explicó que, se vienen estudiando las distintas acciones jurídicas que permitan dejarla sin efecto, puesto que esta resolución representa una violación directa a las normas urbanísticas distritales, debido a que en la zona objeto de la solicitud es improcedente la instalación de dichas estructuras.
