Cartagena


Procuraduría destituye al Curador Urbano No 1 de Cartagena

El Ministerio Público lo sancionó por conceder la licencia de construcción para un edificio multifamiliar en Manga sin cumplir las normas urbanísticas vigentes. Por el mismo hecho fue sancionada la exsecretaria de Planeación de la ciudad, Dolly Rocío González Espinosa.

EL UNIVERSAL

17 de febrero de 2020 08:13 AM

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad de tres años al curador urbano No 1 de Cartagena, Ronald Llamas Bustos, por conceder la licencia de construcción para un edificio multifamiliar sin cumplir las normas urbanísticas vigentes.

Por el mismo hecho fue sancionada con cuatro meses de suspensión la exsecretaria de Planeación de la ciudad, Dolly Rocío González Espinosa.

De acuerdo con la investigación de la Procuraduría Provincial de Cartagena, Llamas Bustos autorizó que el edificio tuviera un semisótano, sin tener en cuenta que la obra se desarrollaría en un sector de la ciudad que tiene una altura inferior a dos metros sobre el nivel del mar, razón por la cual el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- prohíbe las construcciones subterráneas.

Para el Ministerio Público, el comportamiento del curador obedeció a una falta de verificación, toda vez que expidió la licencia basado en un concepto técnico presentado por el apoderado de la constructora, elaborado sobre un predio completamente distinto al que fue objeto de la licencia otorgada.

Para la Procuraduría, con su conducta el curador vulneró los principios de responsabilidad y eficiencia de la función pública, al no atender las normas que regulan el desarrollo urbanístico de la ciudad.

Por su parte la exsecretaria de Planeación incurrió en una omisión en su labor de control, ya que se limitó a expedir un concepto sobre la viabilidad de conectar las redes de alcantarillado y suministro de agua potable, sin manifestarse sobre la prohibición existente para construir un semisótano en ese edificio.

Por esos hechos, el Ministerio Público calificó la conducta de Llamas Bustos como una falta gravísima cometida con culpa gravísima, mientras que González Espinosa fue sancionada por una falta grave a título de culpa gravísima.

El fallo de primera instancia puede ser apelado por los investigados.

El edificio autorizado por el curador está ubicado en el callejón Santa Clara, del barrio Manga, y cuenta con 21 pisos de apartamentos.

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