Este lunes, 7 de julio, se conoció que la Corte Constitucional decidió tumbar el artículo 280 del Plan de Desarrollo que permitía al Gobierno realizar el cobro de la Contribución Nacional de Valorización hasta 5 años después de finalizados los proyectos viales.
Según el Alto Tribunal en su Sala Plena en su estudio encontró que se vulneró el principio de unidad de materia.
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De acuerdo con la Corte Constitucional, no se divisó la motivación directa o inmediata de introducir tal modificación en los tiempos para el cobro nacional de valorización. Asimismo, manifestó que fueran inherentes al cumplimiento de las metas y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2002 - 2026, del actual Gobierno de Gustavo Petro. Lea: Concejo de Cartagena aprueba cambio clave al Plan de Desarrollo
Para los magistrados, esa norma afectaba la seguridad jurídica teniendo en cuenta que, “el contenido tributario de la norma y las cargas democráticas de deliberación que le eran inherentes”.
Las dudas de la Corte Constitucional que decantaron su decisión
Se conoció que, para los magistrados en ese aparte del artículo del Plan de Desarrollo, no se evidenciaba “si en ausencia de dicha modificación, no podían ejecutarse los proyectos de infraestructura vial planteados por el Gobierno; o si los recursos que obtenía el Estado, a partir del cobro del tributo, en la forma prevista por el artículo 249 de la Ley 1819 de 2016, eran insuficientes para ese propósito”.
Con esta decisión de la Corte Constitucional de tumbar el texto explicado anteriormente, el Alto Tribunal revivió y dejó vigente la disposición contenida en el artículo 249 de la reforma tributaria del 2016 (conocida como ley 1819 de 2016).
Por lo anterior, los cobros nacionales de valorización en todo el país sólo podrán ser aprobados antes o durante la ejecución de los proyectos viales.
Consejo Gremial de Bolívar celebra decisión de la Corte Constitucional
Una vez conocida la decisión de la Corte Constitucional, recibió un guiño por parte del Consejo Gremial de Bolívar, quien celebró la noticia.
“El Consejo Gremial de Bolívar aplaude la decisión de la Corte Constitucional que declara inexequible el artículo 280 del Plan Nacional de Desarrollo, mediante el cual el Invias pretendía cobrar la Contribución Nacional de Valorización en la Vía al Mar entre Cartagena y Barranquilla, sin invertir los recursos en esa misma carretera”, señaló Juan Camilo Oliveros, director ejecutivo del Consejo Gremial de Bolívar.
Y agregó: “Esta medida transgredía el principio de unidad normativa, como lo indicó el alto tribunal. Nuestra postura desde el inicio fue clara y firme: presentamos coadyuvancia a la demanda liderada por el senador Mauricio Gómez Amín, a quien reconocemos por su liderazgo y determinación en la defensa de la constitucionalidad”.
“Hoy se reafirma la importancia de respetar los principios que rigen nuestra Carta Magna”, concluyó Oliveros.
Juan Camilo Oliveros