El Consejo de Estado, a través de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, admitió el estudio de una solicitud de medida cautelar presentada por la Fundación para el Estado de Derecho, con la que busca suspender de manera provisional la Directiva Presidencial 11 de 2024. La decisión quedó en manos del magistrado Alberto Montaña Plata, ponente del proceso.
El recurso de nulidad fue interpuesto el pasado 20 de febrero de 2025 contra la Presidencia de la República. La organización demandante sostiene que la directiva vulnera derechos constitucionales al imponer lineamientos sobre la destinación de recursos de comunicación de las entidades del Ejecutivo. Lea: Consejo de Estado ya no tendrá exclusividad sobre tutelas contra Gustavo Petro
La disposición cuestionada establece que, a partir de 2025, ministerios, departamentos administrativos y demás entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional deben procurar destinar una tercera parte de su presupuesto de planes de medios y comunicaciones a la divulgación de información oficial a través de medios comunitarios, servicios públicos audiovisuales, radio alternativa, radiodifusión digital y nuevas tecnologías.
Consejo de Estado analiza directiva que regula pauta en medios oficiales
Según la Presidencia, esta medida hace parte de una estrategia institucional para garantizar la pluralidad informativa, la transparencia en la difusión de datos de interés público y el acceso ciudadano a la información. Sin embargo, para la Fundación accionante, el mandato desconoce principios de libertad de elección en la contratación estatal y podría restringir el derecho a la libre competencia en el sector de medios de comunicación.
El auto emitido por el Consejo de Estado aclara que, conforme al artículo 125 de la Ley 1437 de 2011 y al artículo 20 de la Ley 2080 de 2021, corresponde al magistrado ponente resolver sobre la medida cautelar. Por ahora, el despacho analiza los antecedentes y consideraciones para determinar si suspende o no los apartados señalados de la directiva presidencial mientras avanza el proceso de nulidad.
De concederse la medida provisional, las entidades públicas quedarían exentas de aplicar la obligación presupuestal del 33,3 % establecida en la norma, hasta tanto se profiera un fallo de fondo.

