La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aprobó oficialmente la integración entre Tigo y Movistar, una operación que transformará de fondo la competencia en el sector de telecomunicaciones del país.
La decisión quedó consignada en la Resolución 94169 del 13 de noviembre de 2025, firmada por la superintendente Cielo Rusinque, en la que se fijan las condiciones que deberán cumplir las compañías involucradas.
La alianza entres dos grandes operadores: Tigo y Movistar
Con esta integración, el mercado móvil colombiano pasará a estar dominado por dos actores de gran tamaño: Claro y el nuevo operador surgido de la unión Tigo–Movistar. Entre ambos concentrarán casi el 90% de los usuarios, mientras que WOM quedará como un jugador mucho menor y los Operadores Móviles Virtuales (OMV) continuarán atendiendo una fracción minoritaria del mercado.
WOM Colombia pidió al presidente Gustavo Petro intervenir, al considerar que la integración podría traducirse en tarifas más altas, reducción de cobertura en áreas rurales y un incremento de la brecha digital.
El Ministerio TIC, que ya había avalado la propuesta, señaló que la unión permitiría equilibrar la competencia frente a Claro, pues el operador integrado alcanzaría cerca del 40% de participación. Sin embargo, advirtió que será necesario vigilar de cerca el comportamiento de la industria para evitar escenarios de duopolio.

Preocupación por la integración de Tigo y Movistar
En su análisis técnico, el Ministerio TIC recordó que organismos como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde) han advertido históricamente que el mercado colombiano presenta niveles altos de concentración frente a otros países. Por eso, aunque reconoce que la fusión podría generar eficiencias, subraya la importancia de garantizar condiciones que mantengan una competencia real y protejan a los usuarios.
Obligaciones para Tigo y Movistar
La aprobación de la SIC está condicionada a una serie de exigencias. La más relevante es la devolución del espectro radioeléctrico que supere los topes establecidos por la normativa. Este proceso será verificado por el Ministerio TIC.
Además, las compañías deberán suministrar toda la información que solicite la Superintendencia y cumplir con los pagos previstos para el seguimiento de la operación. El incumplimiento de cualquiera de estos puntos podría derivar en sanciones contempladas en la Ley 1340 de 2009, incluidas medidas extremas como la reversión de la integración.
La entidad ordenó notificar la decisión a ambas empresas y recordó que pueden interponer recurso de reposición dentro de los diez días siguientes.
La resolución también deberá publicarse en versión pública en la página web de la SIC y enviarse a la Agencia Nacional del Espectro (ANE), al Ministerio TIC y a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), para los trámites correspondientes.

