La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) confirmó el calendario tributario que regirá durante 2026 en Colombia, un documento clave que fija los plazos para la presentación y el pago de impuestos correspondientes al año gravable 2025. Este cronograma aplica para personas naturales, jurídicas, grandes contribuyentes y responsables de regímenes especiales.
Uno de los datos más relevantes anunciados por la entidad es el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) para 2026, que quedó fijado en $52.374, cifra que sirve de referencia para definir topes, sanciones y obligaciones tributarias en el país. Lee también: ¿Tiene cuentas pendientes con la Dian? Así puede saldar su deuda y evitar multas.
Impuesto sobre la renta: grandes contribuyentes y personas jurídicas
Los grandes contribuyentes deberán presentar su declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en tres cuotas, de acuerdo con el último dígito del NIT. Los pagos se realizarán entre febrero (entre 10 y el 23) , abril (entre el 13 y el 24) y junio (entre el 10 y el 24) de 2026.
Por su parte, las personas jurídicas y contribuyentes del Régimen Tributario Especial —que no estén clasificados como grandes contribuyentes— deberán cumplir esta obligación en dos cuotas iguales, con vencimientos entre mayo y julio de 2026. Estos mismos plazos aplican para las entidades del sector cooperativo.
Personas naturales y sucesiones ilíquidas
Las personas naturales y sucesiones ilíquidas deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT. Este mismo calendario aplica para los residentes en el exterior que tengan obligaciones fiscales en Colombia.
IVA, impuesto al consumo y retenciones
El Impuesto sobre las Ventas (IVA) tendrá periodicidad bimestral o cuatrimestral, dependiendo del nivel de ingresos. Quienes hayan superado los 92.000 UVT deberán declarar bimestralmente, mientras que los contribuyentes con ingresos inferiores lo harán cada cuatro meses.
El impuesto nacional al consumo y el impuesto al carbono también se deberán presentar de manera bimestral, con vencimientos distribuidos a lo largo del año entre marzo y enero del siguiente periodo.
En el caso de la retención en la fuente, los agentes retenedores deberán declarar y pagar mensualmente, entre el séptimo y el décimo sexto día hábil del mes siguiente.
Régimen Simple e impuesto al patrimonio
Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) deberán presentar la declaración anual consolidada en abril de 2026 y realizar anticipos bimestrales durante el año. Aquellos responsables de IVA dentro del SIMPLE tendrán, además, plazos especiales en febrero.
En cuanto al impuesto al patrimonio, estarán obligados quienes tengan un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT, equivalente a más de $3.770 millones. El pago se realizará en dos cuotas: la primera en mayo y la segunda en septiembre de 2026.
Otras obligaciones clave que deberán pagar los colombianos a la Dian en 2026
El calendario también incluye fechas para la declaración de activos en el exterior, precios de transferencia, actualización del Régimen Tributario Especial, Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) y nuevos impuestos asociados a productos plásticos y alimentos ultraprocesados.
La Dian recordó que el incumplimiento de estos plazos puede generar sanciones económicas, intereses y reclasificaciones tributarias, por lo que recomendó a los contribuyentes revisar con anticipación su situación fiscal y planificar los pagos.

