En Colombia, la muerte de una mascota comienza a ser reconocida como una situación que impacta emocionalmente a los trabajadores. Aunque aún no existe una ley que obligue a otorgar este permiso, una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia marcó un precedente clave en el ámbito laboral.
A través de la sentencia SL2375-2025, la Sala Laboral respaldó un laudo arbitral que permite conceder un día de licencia remunerada por el fallecimiento de una mascota, siempre que este beneficio esté contemplado en acuerdos internos, convenciones colectivas o por decisión voluntaria del empleador.
Esta determinación se dio en el marco del conflicto laboral entre la empresa AKT Motos y el sindicato Sintramotores, en el que se acordó dicho permiso como un beneficio extralegal válido. Lee también: Dueños de mascotas en conjuntos residenciales podrían pagar multa: esta es la razón.

Qué dijo la Corte Suprema sobre la licencia por duelo animal
La Corte aclaró que esta medida no modifica directamente el Código Sustantivo del Trabajo, pero sí reconoce la legitimidad de los beneficios extralegales que buscan mejorar el equilibrio entre la vida laboral y personal.
Inicialmente, la propuesta contemplaba tres días de licencia; sin embargo, en el acuerdo final quedó establecido un solo día hábil, bajo condiciones específicas. El alto tribunal enfatizó que los animales domésticos ocupan un lugar relevante en la vida emocional de sus cuidadores y que el duelo por su pérdida es un hecho legítimo.
La decisión también se apoya en la evolución de la jurisprudencia constitucional, que reconoce a los animales como seres sintientes, con capacidad de generar vínculos afectivos profundos con las personas.
Requisitos para pedir licencia por la muerte de una mascota
Según lo fijado por la Corte Suprema, para acceder a este permiso remunerado deben cumplirse los siguientes requisitos:
- La mascota debe estar debidamente registrada ante la empresa y existir un vínculo afectivo demostrable.
- El animal no puede tener fines comerciales.
- Se debe presentar un certificado veterinario que acredite el fallecimiento.
- Debe comprobarse una convivencia mínima de seis meses entre el trabajador y la mascota.
- Solo aplica para animales domésticos, no silvestres ni de tenencia prohibida.
Qué dice la ley laboral vigente en Colombia
Actualmente, la normativa colombiana —regulada por la Ley 1280 de 2009 y el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo— reconoce cinco días hábiles de licencia remunerada únicamente por el fallecimiento de familiares cercanos, como padres, hijos, cónyuge o compañeros permanentes.
Las mascotas no están incluidas en esta lista, lo que ha generado un vacío legal frente al duelo animal, pese a su impacto emocional. En estos casos, el sistema de salud sí contempla la orientación psicológica para las familias afectadas.

Proyecto de ley sobre licencia por muerte de mascotas avanza en el Congreso
Paralelo a la decisión judicial, avanza en el Congreso un proyecto de ley impulsado por la representante Alexandra Vásquez Ochoa, del Pacto Histórico, que busca incluir en el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo una licencia remunerada de un día hábil por el fallecimiento de perros o gatos.
La iniciativa establece condiciones como la presentación de prueba veterinaria, convivencia mínima de seis meses, esquema completo de vacunación y que el beneficio solo se otorgue una vez por año fiscal. El proyecto ya superó su primer debate en la Comisión Séptima de la Cámara y continúa su trámite legislativo. Lee también: Cédula para mascotas en Colombia: así sería el proyecto de ley.
