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Consejo de Estado respalda elección del procurador Gregorio Eljach

El alto tribunal revisó cuestionamientos y explicó los criterios jurídicos aplicados.

Consejo de Estado respalda elección del procurador Gregorio Eljach

Gregorio Eljach, procurador general de la Nacion. // Foto: Colprensa - Catalina Olaya.

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La elección de Gregorio Eljach como procurador general de la Nación quedó en firme luego de que la Sección Quinta del Consejo de Estado rechazara dos demandas que buscaban anular su designación. El alto tribunal concluyó que los argumentos presentados por los demandantes no tenían sustento jurídico suficiente para invalidar el proceso.

Durante el análisis, los magistrados revisaron varios de los cuestionamientos planteados contra el funcionario, entre ellos su postulación mientras se desempeñaba como secretario general del Senado, el cumplimiento de los requisitos de experiencia, el procedimiento de integración de la terna y la participación exclusiva de hombres en la misma. Lea: Procurador general respalda la mayoría del decreto de emergencia económica

En su decisión, el Consejo de Estado determinó que no existía ninguna inhabilidad que impidiera la postulación de Eljach. De acuerdo con la corporación, la restricción mencionada por los demandantes solo aplica para cargos de elección popular, por lo que no era procedente en este caso.

Así mismo, el tribunal concluyó que el actual procurador sí cumple con los requisitos exigidos, al acreditar más de 15 años de trayectoria en el ejercicio profesional dentro del ámbito jurídico, condición necesaria para ocupar el cargo.

Consejo de Estado avala elección de Gregorio Eljach. // Foto: Colprensa - Catalina Olaya.
Consejo de Estado avala elección de Gregorio Eljach. // Foto: Colprensa - Catalina Olaya.

Consejo de Estado avala requisitos del procurador Eljach

Otro de los puntos evaluados fue el proceso de conformación de la terna. En este aspecto, la Sala explicó que la invitación pública realizada por el Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE) no limitaba la facultad del presidente de la República para seleccionar a los candidatos.

Finalmente, frente al cuestionamiento sobre la ausencia de mujeres en la terna, el alto tribunal señaló que, aunque es deseable promover la participación femenina en estos procesos, esta situación no constituye una causal de nulidad que afecte la validez de la elección.

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