El Ministerio de Relaciones Exteriores fijó una fecha límite para que los extranjeros con visa de residente permanente, otorgada bajo normativas anteriores, realicen el proceso de traspaso de su documento migratorio.
La medida, establecida en la Resolución 9316 de 2024, tiene como objetivo actualizar el registro de extranjeros en el país y garantizar una identificación adecuada de quienes cuentan con este estatus. Este trámite es obligatorio para mantener la regularidad migratoria y evitar inconvenientes en la permanencia legal en Colombia.
Además, este proceso es indispensable para la expedición o actualización de la cédula de extranjería, documento clave para la identificación de los migrantes en el territorio nacional. Lee también: Pasaporte gratis 2026: lo que debes saber si eres colombiano.
¿Qué es el traspaso de visa y en qué casos aplica?
El traspaso de visa consiste en la reexpedición del documento con la misma nacionalidad con la que fue otorgado originalmente. Aunque es obligatorio para residentes permanentes bajo regímenes anteriores, también puede solicitarse en otras situaciones.
Entre ellas se encuentran la pérdida o robo del pasaporte, el cambio voluntario de este documento, errores de digitación en la visa que no fueron corregidos a tiempo, o la necesidad de actualizar información como la inclusión de un nuevo empleador.
En el caso de los titulares de visa tipo Residente (R), este trámite debe realizarse de manera periódica cada cinco años.
Requisitos para realizar el traspaso de visa en Colombia
Para adelantar el trámite, los solicitantes deben cumplir con los requisitos generales establecidos por la Cancillería. Entre los principales documentos exigidos se encuentran:
- Copia de la visa que se desea traspasar.
- Copia de la cédula de extranjería.
- Certificado de movimientos migratorios expedido por Migración Colombia.
- Documento que acredite la actividad que realiza el extranjero en el país.
- Carta explicando el motivo del traspaso.
En casos excepcionales, como visas expedidas antes del año 2000 sin soporte físico, se deberá presentar una declaración bajo juramento justificando la ausencia del documento, junto con un historial migratorio ampliado.
¿Cómo hacer el trámite y cuáles son los medios de pago?
El proceso se realiza completamente en línea a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores, sin necesidad de acudir presencialmente ni recurrir a intermediarios.
Una vez diligenciado el formulario, los usuarios podrán efectuar el pago mediante diferentes opciones habilitadas, como PSE, cajeros Servibanca, Banco GNB Sudameris, tarjetas de crédito o consulados, según disponibilidad.
La Cancillería insiste en la importancia de utilizar únicamente canales oficiales para evitar fraudes y proteger la información personal.
¿Quiénes están exentos del trámite?
No todos los extranjeros deben realizar este proceso. Están exentos los titulares de visas tipo visitante (V) en categorías como turismo, negocios, tripulantes y eventos, así como las visas de cortesía para diplomáticos y convenios internacionales.
Estos casos no requieren inscripción en el Registro de Extranjeros ni la expedición de cédula de extranjería, sin importar la vigencia del visado.
Cumplir con este trámite dentro del plazo establecido permitirá a los residentes mantener su estatus migratorio regular y evitar complicaciones legales en el país.
Hasta esta fecha los residentes extranjeros podrán renovar en 2026
De acuerdo con la información publicada por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, la fecha límite para que todos los extranjeros residentes en Colombia realicen la renovación de su visa es el 31 de octubre de 2026.
