Colombia

¿Tiene efectos jurídicos que Petro no reconozca a De la Espriella? Esto dijo un tribunal

El presidente de Colombia, Gustavo Petro, ha reiterado en varias ocasiones que no reconoce como legítima la elección de Abelardo de la Espriella.

¿Tiene efectos jurídicos que Petro no reconozca a De la Espriella? Esto dijo un tribunal

Gustavo Petro y Abelardo de la Espriella. // Foto: Colprensa

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Este viernes, 17 de julio, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá negó una tutela presentada contra el presidente de Colombia, Gustavo Petro, por sus declaraciones en las que desconoce el triunfo electoral de Abelardo de la Espriella.

El alto tribunal concluyó que, una vez las autoridades electorales oficializaron los resultados de la segunda vuelta presidencial del 21 de junio, la postura del mandatario no tiene efectos jurídicos ni puede modificar la elección del presidente electo.

El caso cobró relevancia después de que un ciudadano acudiera a este mecanismo constitucional al considerar que las declaraciones públicas de Petro, en las que ha insistido firmemente en no reconocer el triunfo de De La Espriella, vulneraban derechos fundamentales como la confianza legítima y la participación política. Por esa razón, el alto tribunal determinó que las declaraciones del mandatario saliente no tienen la capacidad real de modificar o afectar jurídicamente la elección de su sucesor.

La opinión de Petro es jurídicamente irrelevante”: Tribunal Superior de Bogotá

El Tribunal Superior de Bogotá concluyó que las declaraciones del presidente Gustavo Petro sobre la elección de Abelardo de la Espriella no tienen efectos jurídicos y, por lo tanto, no pueden vulnerar los derechos fundamentales invocados en la tutela. En el fallo, citado por Semana, los magistrados señalaron que la opinión del mandatario frente a los resultados electorales es “jurídicamente irrelevante”, ya que carece de la capacidad de modificar o afectar la decisión adoptada por las autoridades electorales.

Gustavo Petro, presidente de Colombia. // Foto: cortesía de Presidencia de la República.
Gustavo Petro, presidente de Colombia. // Foto: cortesía de Presidencia de la República.

Así pues, la Sala Penal negó la acción de tutela al considerar que las manifestaciones públicas de Petro no tienen el alcance legal suficiente para lesionar derechos constitucionales.

El tribunal precisó, además, que aunque las declaraciones de un presidente pueden generar repercusiones en el escenario político, corresponde a los jueces resolver controversias jurídicas y no debates de carácter político. Por ello, concluyó que no existían fundamentos para conceder el amparo solicitado.

“Por supuesto, cabe que las palabras del actual presidente de la República tengan alguna repercusión en lo político. Puede ser. Sí, pero lo que le corresponde al juez es resolver problemas jurídicos, no políticos. Así, pues, ha de concluirse que la presente acción de tutela debe negarse”, agregó el tribunal.

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