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Gobierno habilita recursos para que las EPS se pongan al día con sus deudas

El Ministerio de Salud estableció las condiciones para otorgar créditos directos a las EPS.

Gobierno habilita recursos para que las EPS se pongan al día con sus deudas

El mecanismo está dirigido a las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado. // Foto: Colprensa.

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El Gobierno Nacional oficializó una nueva línea de crédito para que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) puedan ponerse al día con las deudas que mantienen con hospitales, clínicas y proveedores de medicamentos. La medida hace parte del plan de choque en salud y busca atender obligaciones por servicios y tecnologías que ya fueron suministrados, pero que permanecen pendientes de pago.

La decisión quedó establecida en la Resolución 002445 de 2026, que define las condiciones para acceder a estos recursos, los requisitos que deberán cumplir las entidades beneficiarias y los mecanismos de vigilancia para garantizar que el dinero se utilice exclusivamente en las obligaciones autorizadas.

Los créditos serán financiados con recursos administrados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), entidad que evaluará las solicitudes y realizará los pagos directamente a los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud.

¿Qué EPS podrán acceder a la línea de crédito del Gobierno?

El mecanismo está dirigido a las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado que hayan reportado medicamentos y procedimientos pendientes entre el primero y el 20 de septiembre de 2026.

Sin embargo, no todas las entidades podrán beneficiarse. La resolución excluye a las EPS que estén bajo intervención forzosa administrativa para liquidar y a aquellas que hayan solicitado su retiro voluntario del sistema de aseguramiento.

Cada entidad podrá obtener un único crédito, aunque el desembolso podrá realizarse en uno o varios giros, hasta completar el monto aprobado. El Ministerio de Salud tendrá a su cargo la determinación de la viabilidad y el monto total de la línea, mientras que la ADRES establecerá el cupo máximo de cada EPS, teniendo en cuenta los pendientes reportados y la valoración de los medicamentos y procedimientos incluidos.

Una de las condiciones centrales es que los recursos no serán transferidos directamente a las EPS. En cambio, se destinarán al pago de facturas previamente conciliadas y reconocidas entre las entidades responsables y sus acreedores.

Tasas de interés y plazos para pagar los créditos

La resolución también establece las condiciones financieras para las EPS que accedan a esta alternativa. La tasa de interés será equivalente a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), sin puntos porcentuales adicionales.

Las entidades podrán solicitar un periodo de gracia de hasta 12 meses. Una vez finalizado, tendrán un plazo máximo de otros 12 meses para devolver el capital mediante cuotas mensuales. No obstante, los intereses comenzarán a causarse desde la fecha de cada desembolso, incluso durante el periodo de gracia.

En caso de incumplimiento en los pagos, se aplicará la tasa de interés prevista para las obligaciones tributarias administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Para proteger los recursos públicos, la normativa contempla garantías como la autorización para descontar las cuotas de los dineros que la ADRES reconozca a las EPS y la suscripción de un pagaré. Además, podrá exigirse el pago anticipado de la totalidad de la deuda si la entidad incumple sus compromisos o entra en proceso de liquidación.

EPS deberán cumplir compromisos y reportar avances

Las entidades beneficiarias deberán firmar convenios de desempeño con el Ministerio de Salud y la ADRES. Estos acuerdos incluirán la obligación de utilizar el dinero exclusivamente para pagar las facturas autorizadas, informar sobre los avances y actualizar sus estados financieros.

Asimismo, las EPS no podrán exigir descuentos, condonaciones ni otras contraprestaciones a hospitales, clínicas y proveedores a cambio de pagar las obligaciones cubiertas por esta línea de crédito.

El calendario definido establece que las solicitudes para utilizar los cupos podrán presentarse hasta el 28 de febrero de 2027, mientras que el plazo para solicitar los desembolsos vencerá el 31 de marzo de 2027. Ambas fechas estarán sujetas a la disponibilidad de recursos, pues el mecanismo también finalizará cuando se agote el dinero asignado.

¿Quién vigilará el uso de los recursos?

El Ministerio de Salud, la ADRES y la Superintendencia Nacional de Salud conformarán una Mesa de Seguimiento para revisar la evolución de los medicamentos y procedimientos reportados como pendientes y verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por las EPS.

El seguimiento también abarcará a las entidades que no utilicen la línea de crédito. El propósito será identificar si persisten las obligaciones pendientes y trasladar a la Superintendencia los posibles incumplimientos para que adelante las actuaciones correspondientes.

De esta manera, el mecanismo busca facilitar el pago de deudas reconocidas con los prestadores y proveedores del sistema de salud, bajo condiciones financieras definidas y con controles sobre el destino de los recursos públicos.

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