El Consejo Superior de la Judicatura extendió nuevamente la suspensión de términos judiciales en el territorio nacional, desde el 27 de abril hasta el 10 de mayo de 2020. Lea: Suspensión de términos judiciales se extiende hasta el 26 de abril
La nueva fecha se tomó en cumplimiento a las recomendaciones adoptadas de aislamiento por parte del Gobierno Nacional, con el fin de evitar el contagio del coronavirus.
La Judicatura dejó exento las acciones de tutela y habeas corpus. “Se exceptúan de la suspensión de términos prevista en el acuerdo 1 del presente acuerdo las acciones de tutela y los habeas corpus”.
En el Acuerdo con fecha del 25 de abril de 2020, se expone que la recepción de tutelas y habeas corpus se hará mediante correo electrónico dispuesto para tal efecto, y para su tramite y comunicaciones se hará uso de las cuentas de correo electrónico y herramientas tecnológicas de apoyo”.
De igual forma se exceptúan el control constitucional de decretos legislativos “Se exceptúan de la suspensión de términos prevista en el acuerdo 1 del presente acuerdo las actuaciones que adelante la Corte Constitucional con ocasión de la expedición de decretos por el presidente de la República en ejercicio de sus funciones”.
