Desde el despacho de la magistrada de la Corte Constitucional, Gloria Stella Ortiz, se ordenó la práctica de pruebas con el fin de establecer si da el aval o no al decreto 438 de 2020, que establece la exención del IVA en algunos elementos médicos usados para la contingencia.
La magistrada ordenó que en tres días el ministro de Salud, Fernando Ruíz, enviara vía electrónica un informe en el que argumente el motivo por el cual el listado que reposa en el decreto debe estar exento del IVA. Además, deberá fundamentar por qué son dichos elementos los escogidos para combatir la contingencia.
Así como Ruíz debe rendir informe, la magistrada informó a los despachos de los ministerios de Justicia, Minas, Hacienda, Interior, Trabajo y la Cancillería, expresar por el mismo medio, el motivo por el cual consideran que se debe dar aval a la propuesta del alto gobierno.
Así las cosas, con esta iniciativa empieza a moverse el estudio de los decretos emitidos por la contingencia, que ya deja más de 2900 contagiados y 127 muertos.
LISTA DE MEDICAMENTOS EXENTOS DE IVA SEGÚN EL DECRETO
1. Nebulizador
2. Báscula pesa bebés
3. Monitor de signos vitales
4. Electrocardiógrafo
5. Glucómetro
6. Tensiómetro
7. Pulsoximetro
8. Aspirador de secreciones
9. Desfibrilador
10. Incubadora
11. Lámpara de calor radiante
12.Lámpara de fototerapia
13. Bomba de infusión
14. Equipo de órganos de los sentidos
15. Bala de Oxígeno
16. Fonendoscopio
17. Ventilador
18. Equipo de rayos X portátil
19. Concentrador de oxígeno
20. Monitor de transporte
21. Flujómetro
22. Cámara cefálica
23. Cama hospitalaria
24. Cama hospitalaria pediátrica
Comentarios ()