Cultural


Sayco Acinpro no cobrará derechos de autor en tiempos de pandemia

A los establecimientos que no han cancelado la licencia para el presente año, se deducirá sobre la tarifa liquidada, los meses en los que, por motivo de la cuarentena, los negocios han estado cerrados.

COLPRENSA

11 de agosto de 2020 02:09 PM

La organización Sayco Acinpro (Osa) anunció que no realizará cobro alguno en el periodo en el cual los locales comerciales se encuentren cerrados debido a la actual pandemia.

La gran mayoría de establecimientos del país, como consecuencia de las rigurosas medidas tomadas por el Gobierno Nacional para contener la pandemia del Covid-19, han tenido que tener un cierre temporal y definitivo, por lo que, a punto de cumplir el quinto mes de estas medidas, informó que no se realizará dicho cobro.

Los establecimientos que ya pagaron los derechos por el año 2020, y que han tenido sus negocios cerrados, la licencia emitida se extenderá, al reinicio de actividades, por el mismo tiempo en los que duró el cierre, es decir, la licencia mantendrá sus efectos jurídicos por el tiempo adicional que representó la imposibilidad en el desarrollo de las actividades empresariales, para el año 2021.

También, quienes ya pagaron su licencia de derechos de autor y conexos para el año 2020 y que han tenido sus negocios cerrados, y que lamentablemente cerraran definitivamente, por lo que no van a continuar utilizando los derechos de autor y conexos licenciados, deberán realizar su solicitud formal de devolución proporcional al tiempo de licencia que no fue efectivamente utilizado, es decir, sólo sería procedente por los meses en que estuvo cerrado el establecimiento por cuarentena y por los meses que luego de levantada no se vayan a causar.

La Organización con el fin de dar alivios a los propietarios de establecimientos de comercio que se encuentran en mora, ofrecerá unos descuentos a través de una amnistía, en las que se liquidarán las actividades que a la fecha se encuentren autorizados para ejercer su actividad.

Aplica para usuarios normales, convenios (individualmente), usuarios especiales (individualmente), incluye usuarios que están en mora desde 2009 y usuarios nuevos que se hayan registrado en el año en curso. Dicha amnistía solo será aplicada actividad comercial, en establecimientos públicos.

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