Económica

El litigio de ‘alto voltaje’ que ganó Colombia a Naturgy

Un fallo de un tribunal internacional le dio la razón a Colombia frente a las pretensiones económicas de Naturgy, tras la intervención de Electricaribe.

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13 MAR 2021 - 10:41 PM

El más cuantioso de los litigios internacionales que afrontaba Colombia fue fallado a su favor.

Las pretensiones de Gas Natural (hoy Naturgy) que reclamaba cerca de 4,8 billones de pesos (1.310 millones de dólares) por la intervención que el Gobierno de Colombia hiciera desde el 14 de noviembre de 2016 a Electricaribe, el operador de energía eléctrica de siete departamentos de la Costa Caribe Colombiana, de cuya empresa Gas Natural era el socio mayoritario, quedaron sin piso ante el fallo inapelable del Tribunal Arbitral que adelantaba el caso.

El proceso se adelantaba en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), con sede en Washington.

Gas Natural alegaba supuestas violaciones al estándar de: trato justo y equitativo; protección y seguridad plenas; principio de trato nacional y expropiación; mientras que Colombia demostró que fue necesaria la intervención a Electricaribe, para garantizar el suministro de electricidad en la Región Caribe y prevenir que se desarrollara una crisis financiera en el sector de energía eléctrica en Colombia. “La intervención de Electricaribe no fue un acto político y no constituye una expropiación, como alega Gas Natural”, expresó la Agencia, previo al fallo.

“Es un gran triunfo para el país, es un mensaje positivo para la seguridad jurídica y para los inversionistas que quieran llegar al país”, dijo Gómez Alzate.

“El Tribunal Arbitral internacional decidió a favor de Colombia y desestimó en su totalidad las reclamaciones de Gas Natural. Gracias a esta decisión Colombia no tendrá que pagar ni un solo peso”; fueron las primeras reacciones de Camilo Gómez Alzate, director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, al revelar a los medios la decisión del tribunal internacional.

Agregó que “la Agencia celebra la decisión de la instancia internacional y está convencida del uso de mecanismos alternos de solución de controversias que resuelvan con mayor prontitud los casos”.

REACCIONES

Tras la decisión del tribunal de arbitramento, las reacciones en Colombia no se hicieron esperar. Mauricio Cárdenas, exministro de Hacienda señaló en su cuenta de twitter: “Ganó Colombia. La intervención de Electricaribe fue una decisión correcta, responsable con el país y llena de carácter”.

Para Fanny Guerrero Maya, consultora de Asuntos Energéticos, conocedora del proceso, le dijo a El Universal que “Tratándose de un fallo emitido por un Tribunal de Arbitramento Internacional es un triunfo importante para la Nación. Aunque pueden haber apelaciones o muy posiblemente las partes se sienten a negociar para enervar el resto del proceso, para la Costa y para los nuevos operadores, Afinia y Air-e, es una noticia importante porque este fallo genera tranquilidad en su entrada en operación y en los planes de inversión comprometidos con la región. Felicitaciones al Estado colombiano, por fortalecer la defensa de los usuarios de los servicios públicos”.

Desde el gremio de las distribuidoras de energía del país (Asocodis), su director ejecutivo, José Camilo Manzur precisó: “Más que referirme a la intervención realizada en el pasado, a la demanda presentada y al fallo reciente, el cual es de gran beneficio para Colombia, lo más importante es continuar avanzando con paso firme en la solución estructural a la problemática de energía eléctrica en la Región Caribe colombiana como se viene adelantando”.

Desde las empresas generadoras de energía, el director Ejecutivo de la Asociación Nacional de Empresas Generadoras (Andeg), Alejandro Castañeda Cuervo, dijo que “ el ordenamiento jurídico colombiano fue tenido en cuenta en la decisión de este tribunal de arbitramento internacional y eso es coherente con lo que las empresas conocen de la normativa del sector”.

Exequible

Un reciente fallo de la Corte Constitucional declaró exequible la obligación de compras de energía de Fuentes No Convencionales para agentes comercializadores del mercado de energía mayorista. La decisión hace alusión al Artículo 296 de la Ley 1955 de 2019, “Plan Nacional de Desarrollo 2019-2022 Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, que determina que los agentes comercializadores estarán obligados a comprar entre el 8 y 10% de la energía proveniente de Fuentes de Energía Renovable No Convencionales.

Al respecto, el director ejecutivo de la Asociación de Energías Renovables, SER Colombia, señaló: “La decisión de la Honorable Corte Constitucional nos da un parte de tranquilidad en relación a las determinaciones que han sido adoptadas por el Gobierno nacional para promover y poner en marcha la transición energética que necesita el país. Esta decisión es muy importante para la confianza y seguridad energética del país, pero sobre todo, envía un mensaje claro a los inversionistas presentes y futuros, especialmente para los proyectos de Fuentes Renovables No Convencionales, FNCER, sobre las garantías y estabilidad jurídica que el Estado colombiano ofrece”.

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