La demanda contra la elección del rector de la Universidad de Cartagena Edgar Parra Chacón, por no cumplir con el límite de edad permitida para ocupar cargos públicos, fue admitida por el Tribunal Administrativo de Bolívar.
Según el demandante, el expersonero Fabio Castellanos, el rector que se posesionó el pasado 5 de junio para estar al frente de la universidad por un período de 4 años, tenía 65 años cumplidos en el momento de asumir el cargo.
En la demanda, Fabio Castellanos pidió la nulidad de la posesión del rector para nuevamente, ordenar a la Universidad de Cartagena y el Consejo Superior Universitario realizar el trámite administrativo para elegir al nuevo rector.
Asimismo, el expersonero pidió al Tribunal, a través de la demanda, ejercer una medida cautelar de suspensión provisional al rector, sin embargo esta fue negada por el Tribunal Administrativo de Bolívar.
En un documento del Tribunal donde dice admitir la demanda, se establece que será en el fallo donde se decidirá si el límite de edad también cobija a los rectores de las universidades estatales u oficiales.
El documento sostiene que a las universidades oficiales se les garantiza autonomía para que elijan libremente a sus directivas y se rijan por sus propios estatutos.
Recalca también que los entes universitarios son independientes a los entes que hacen parte de la rama del poder público así como tampoco hace parte de una rama del poder.
HABLA CASTELLANOS
El expersonero Fabio Castellanos dijo a este medio que al momento de posesionarse (el 5 de junio) el rector era “inhábil porque el 13 de abril cumplió 65 años, eso le impide a cualquier servidor público desempeñarse en cargos públicos si tiene esa edad”, precisó.
Sostuvo que se viola la Ley 1950 de 1973 y que hay un listado de los cargos del sector público que se exceptúan de la edad límite, entre los cuales no se encuentra el de rector.
Castellano alude que la UDC “es una de las mejores universidades públicas del país, con una de las mejores facultades de derecho y tener a Parra como rector es generarle perjuicio a la universidad. Con esto el mensaje que se está dando es de ilegalidad”.
Dice que la universidad se ampara en la edad de 75 años como límite para ocupar cargos públicos, sin embargo el expersonero afirma: “la Corte ha sido clara y solo se permite continuar hasta los 75 a los docentes. La labor de docente no es similar a la labor administrativa del rector”.
Recalcó también que el alma máter se ha “amparado” bajo la autonomía universitaria, pero esto se hace bajo los parámetros de la ley, aunque “ellos hicieron caso omiso y lo nombraron”.
Explicó que de acuerdo con la ley a todos les llega una edad de retiro forzoso que debe ser cumplida, así como se establece que una persona sólo puede votar desde los 18 años, así también deberá retirarse, en el caso de los rectores, a los 65.
LO QUE VIENE
Con la admisión de la demanda por parte del Tribunal Administrativo de Bolívar, el paso a seguir es el fallo de este ente que declarará si se hace la nulidad o no de la elección de Parra Chacón y esta posteriormente podrá ser apelada.
SIN PRONUNCIAMIENTOS
El Universal intentó comunicarse con Edgar Parra, rector de la Universidad de Cartagena, pero no fue posible contactarlo, al parecer estaba por fuera de la ciudad.
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