Arbitraje y conciliación

Conciliación y accidentes de tránsito: esto es lo que debe saber

Los accidentes de tránsito hacen parte la cotidianidad, pero ¿qué hacer si se ve involucrado en uno de ellos? Un experto explica la mejor manera de proceder, a través del método de la conciliación.

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Al presentarse un accidente de tránsito, los involucrados pueden resolver el asunto incluso antes de que llegue la autoridad de tránsito. // 123RF.
JULIE GONZÁLEZ ORTEGA
23 ABR 2021 - 10:08 PM

Existen muchas maneras de proceder ante un accidente de tránsito. En el mismo sitio de los hechos puede llegarse a un acuerdo privado entre las partes para subsanar los daños, y en otros casos, más graves y extremos, la situación puede llegar hasta la justicia ordinaria.

Sin embargo, expertos aseguran que este último desenlace solo debe reservarse para aquellos casos en los que hayan víctimas mortales o de alta gravedad.

“La mayoría de accidentes en los que ninguna persona haya perdido la vida se pueden solucionar sin llegar a instancias mucho más formales sino que pueden resolverse por un acuerdo privado entre las partes o acudiendo al mecanismo específico de la conciliación”, explica Donaldo Villegas, director de un consultorio jurídico de la ciudad.

La conciliación, según explica el Ministerio de Justicia, “es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual dos o más personas, naturales o jurídicas, de carácter privado o público, nacional o extranjeras, gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador”.

A través de la conciliación, se pueden resolver conflictos relacionados a la convivencia, la fijación de cuotas alimentarias, obligaciones, asuntos laborales, y por supuesto, accidentes de tránsito sin lesiones personales, además de otras materias.

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Según el Ministerio este tipo de métodos para resolver conflictos posibilitan la efectividad de la justicia y al mismo tiempo descongestiona los despachos judiciales, ahorrando tiempos y costos.

“Siempre que sea posible hay que acudir a la conciliación, financieramente es mejor para las partes involucradas, verse obligado a una sanción administrativa puede tener un costo mayor al igual que otros procedimientos sancionatorios como una retención temporal del vehículo o de la licencia”, explica Villegas.

¿Cómo es el proceso?

Para usar la conciliación como método de resolución de conflictos, se debe solicitar el servicio ante un centro. “Generalmente, se presenta la solicitud, el centro la estudia y se programa una audiencia, se cita a las partes y se notifica”, explica Villegas.

El día de la audiencia puede llegarse a tres posibles resultados:

1. Se realiza un acta con el resultado de la conciliación, en la que si a alguna de las partes se le obliga a la entrega de una suma de dinero u otra obligación, queda la constancia, y puede ser exigible en caso de que esto sea incumplido.

2. No comparecencia: se da una constancia de que la parte citada no se presentó a la audiencia.

3. Que la parte comparezca pero no concilie. Se deja la constancia de que no hubo conciliación y dependiendo de la naturaleza del conflicto se deberá acudir a la justicia ordinaria según las pretensiones.

¿Qué tener en cuenta para la audiencia?

Según Villegas, aunque en ocasiones hayan apoderados que puedan acompañar a las partes, la conciliación es un proceso que no requiere de apoderados ya que lo que prima son fórmulas de arreglo que puedan proponer las partes.

“El conciliador no va a proponer la fórmula, por lo que las partes deben ser conscientes que el arreglo debe provenir del acuerdo entre ellas, ya sea que una proponga y la otra acepte o que las dos puedan llegar a una solución conjunta, no deben esperar que el conciliador le dé la razón a alguien u ordene algo porque para eso no es el mecanismo”, dice el abogado.

En ese caso durante la audiencia, las partes no deben intentar convencer a nadie sino ir dispuestas a establecer posibilidades de arreglo. “Habitualmente es una sola audiencia, es un mecanismo rápido, no tiene situaciones procesales, no hay más trámites, las personas se sientan y deben decidir si se ponen de acuerdo o no”, afirma.

Es importante que en el tiempo transcurrido entre la citación a la audiencia y el día de la misma, las personas exploren las alternativas y decidan si quieren o no conciliar, ya que la asistencia a la audiencia tampoco implica que se deba aceptar algo.

“Se trata de un tema de actitud y de estar abierto a las soluciones que otra parte plantee o de proponer soluciones para llegar a un punto intermedio”, puntualiza Villegas.

Las ventajas de conciliar

Sobre todo en accidentes de tránsito la vía de la conciliación es un ahorro de tiempo y dinero que evita la vinculación a un proceso administrativo sancionatorio que puede terminar en pagos de multas, esto sin tener en cuenta las consecuencias que pueden derivarse de un proceso judicial si los daños son mayores.

“Con la conciliación se puede tener la tranquilidad de que el conflicto sea resuelto sin tener que esperar tanto o desgastarse estando pendiente a un proceso judicial”, finalizó el experto.

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