El parto y los primeros meses de vida del bebé se encuentran entre los eventos más exigentes y agotadores por los que puede pasar una mujer. Tras un alumbramiento que probablemente fue doloroso y extenuante, vienen horas tras horas de amamantar, asear, arrullar y calmar a un bebé que es su principal prioridad. (Le puede interesar: Durante la lactancia, trabajar no debe ser obstáculo).
Los gobiernos del mundo han llegado a entender que las madres deberían estar en libertad de vivir ese periodo con la mayor comodidad posible y sin interrupciones, lo cual significa que, si trabajan, entonces lo mejor es darles un tiempo para dedicarse solo a su familia a través de leyes especiales.
Protección legal
El artículo 43 de la Constitución Política estipula que “durante el embarazo y después del parto la mujer gozará de especial asistencia y protección del Estado”. En consecuencia, el Código Sustantivo del Trabajo dedica todo un aparte (título VIII, capítulo V) a precisar los derechos laborales de las futuras madres.
El primero de estos es la licencia remunerada de maternidad, que corresponde a un periodo de 18 semanas calendario (unos cuatro meses y medio) durante las cuales la madre podrá permanecer en casa sin que su salario ni su contratación se vean afectadas.
Este derecho se hace efectivo a partir de la semana anterior a la fecha estimada del parto y requiere que la madre presente un certificado médico donde se estipule su estado de embarazo, el día estimado del nacimiento y cuándo planea empezar a tomar su licencia. Si el dictamen de un profesional así lo estipula, la empleada podrá gozar de su descanso remunerado dos semanas antes del tiempo que aparece en el documento.
Si hay nacimientos múltiples, las semanas pasan de ser 18 a 20. En caso de nacimiento prematuro, se tendrán en cuenta el tiempo de diferencia respecto de los cálculos iniciales y se sumarán a las 18 semanas estándares. En caso de aborto espontáneo o inducido, la ley dicta que la mujer tendrá derecho a dos o cuatro semanas remuneradas, siempre y cuando presente los certificados médicos correspondientes.
De igual manera, ninguna mujer embarazada podrá ser despedida por su condición durante el período de gestación y hasta los tres meses posteriores al parto. Sin embargo, sí se le puede despedir por justa causa, siempre y cuando se cumplan las condiciones mencionadas en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo (por ejemplo, la empleada es culpable de maltratar a otros trabajadores o directivos, o si incumplió con sus deberes sin presentar excusas válidas).
Por último, vale la pena mencionar lo que la ley estipula sobre la lactancia en los lugares de trabajo: todas las mujeres lactantes tienen derecho a descanso remunerado de 30 minutos durante una jornada laboral durante los primeros 6 meses de vida del bebé. Esta cantidad se computa con el tiempo de la licencia de maternidad, por lo que, en la práctica, equivale a unos dos meses o mes y medio, cuando la madre haya regresado al trabajo.
Igualmente, los empleadores están obligados a “establecer en un local contiguo a aquel en donde la mujer trabaja, una sala de lactancia o un lugar apropiado para guardar al niño”. Además, si un médico lo dictamina, la madre podrá tener derecho a más tiempo del estipulado en la ley.
En la práctica
A pesar de que estas leyes existen, a las mujeres embarazadas se las sigue discriminando en el mercado laboral. Según un informe de 2019 de la Fundación para la Educación Superior y el Desarrollo, “la maternidad tiene efectos negativos sobre la demanda laboral de las mujeres en edad fértil, ya que los empleadores prevén que, en caso de embarazo, tendrían un costo adicional asociado al pago de licencias, a la búsqueda de reemplazo, y entrenamiento de un nuevo empleado, entre otros”. (Lea también: La FIFA protegerá la baja de maternidad de las futbolistas).
En muchos países “se han creado prejuicios alrededor del rendimiento de las madres después de las licencias, lo cual las hace vulnerables a la reducción de salarios o a la degradación de los cargos que ocupan”. En lugares como Japón y Corea del Sur, estos prejuicios provocan que muchas madres salgan completamente del mercado laboral.
De acuerdo con otros estudios e informes citados por Fedesarrollo, las mujeres con hijos ven su salario potencial disminuido en un 20 % a largo plazo. La Organización Internacional del Trabajo, por su parte, estima que en el mundo hay 830 millones de mujeres que no poseen acceso adecuado a servicios de protección laboral a la maternidad y que solo el 28,4 % de ellas pueden disfrutar de una licencia remunerada.
En Colombia, el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE) estima que las mujeres que tienen al menos un hijo están en desventaja frente a las que no son madres, pues su nivel de desempleo es más alto (13,1 % vs. 12,7 %) y su salario promedio es más bajo, en especial cuando se encuentran en edad fértil (casi un 50 % más bajo, de hecho). En comparación con los hombres, las mujeres con hijos trabajan más horas no remuneradas (12,8 % vs. 5,3 % a lo largo de cinco años) y su participación laboral es menor (44,6 % vs. 59,9 %).
