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OMS recomienda garantizar los servicios abortivos

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COLPRENSA
24 AGO 2012 - 12:01 AM

“La única forma de evitar que el aborto se convierta en un problema de salud pública es haciendo que su acceso sea legal y seguro”, aseguró la Organización Mundial de la Salud (OMS) en la publicación Aborto sin riesgos: Guía técnica y de políticas para Sistemas de Salud.
El Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI) presentó hoy la primera actualización de la Guía Aborto sin riesgos, un nuevo texto que se enfoca en la prestación de servicios para procedimientos abortivos y los avances jurídicos en el campo de los DD.HH de las mujeres, en el marco de la III Conferencia Regional Hacia el fortalecimiento del acceso al aborto seguro en América Latina y el caribe.
Según estimaciones de la guía, 46 millones de embarazos finalizan en un aborto inducido cada año, pero la mitad de ellos son inseguros. De hecho, alrededor del 13% de las muertes relacionadas con embarazos (aproximadamente 67.000 anuales) han sido atribuidas a las complicaciones de los abortos ilícitos.
A pesar de que en casi todos los países la ley permite el aborto para salvar la vida de la mujer y en la mayoría de ellos para preservar su salud física y mental o cuando el embarazo es el resultado de una violación o incesto, todavía hay quienes recurren a centros clandestinos donde tienen un riesgo de muerte varios cientos de veces mayor por complicaciones en el procedimiento que aquel de un aborto realizado profesionalmente bajo condiciones seguras.
En otros países incluso se permite el aborto por razones socio-económicas y a requerimiento de la mujer.
A propósito de esta legislación, el jurista Javier Darío Pabón, docente de derecho penal en la universidad Politécnico Grancolombiano explica que en Colombia alcanzar estos límites “resulta muy difícil porque la estabilidad económica no ha sido reconocida como un derecho fundamental en sí mismo”.
“Que tan bien o mal viva una persona tiene que ver con la dignidad humana, en algunos casos, pero en nuestra legislación no es viable en la medida en que estaría impactando contra la vida del que esta por nacer”, indicó Pabón.
Si se quisiera avalar, el primer paso sería “reconocer el mínimo vital como un derecho fundamental que garantice óptimas condiciones de vida para todos, lo cual es ya un obstáculo. Cualquier iniciativa en este contexto fracasaría porque la Corte se referiría a los precedentes” en los que despenalizó el aborto en tres casos específicos, explicó el docente del Politécnico Grancolombiano.
En 2006 la Corte Constitucional despenalizó el aborto en tres casos específicos, sin embargo Javier Darío Pabón resalta que “el aborto siempre ha sido un delito en Colombia, de hecho todavía lo es”.
“En situaciones excepcionales ese derecho a la vida tuvo que ceder”, ilustra Pabón. Esos casos son: cuando el feto tiene graves malformaciones que hacen inviable su supervivencia y termina por nacer muerto o morir al poco tiempo, cuando la mujer queda en embazado bajo una conducta delictiva como violación o incesto y cuando el embarazo constituye un riesgo inminente para la vida de la madre.
En el primer caso se hace prevalecer el derecho a la dignidad humana del bebé porque si bien el Artículo 11 de la Constitución dice que “el derecho a la vida es inviolable”, el primero “es más preponderante, por eso allí se han dado las discusiones sobre aborto y eutanasia. La dignidad prevalece porque el bebe no puede vivir en una calidad casi infrahumana”, manifestó el jurista.
En las segunda situación “la mujer no esta obligada a hacer valer la vida del menor por encima de su derecho al libre desarrollo de la personalidad cuando el bebe que viene en camino es fruto de una relación forzada”, apuntó el docente del Politécnico Grancolombiano pues “lo que proviene de un delito no puede tener consecuencias legales”.
Finalmente el derecho a la vida de la madre prima sobre el niño porque ella tiene mayores posibilidades de sobrevivir y volver a procrear. En cualquiera de los casos la medida no es obligatoria, es una opción que como indica Javier Darío Pabón “antes no existía”.
A pesar de la sentencia el aborto continúa tipificado en el Código Penal (Artículos 144 a 147). “La norma nunca se modificó, lo que se dio fue una interpretación de la Corte Constitucional, lo que es casi igual a una alteración en la ley, es de obligatorio cumplimiento aún cuando no haya sido aprobada por Congreso porque ningún juez o abogado se puede apartar de esa interpretación”, explicó el abogado.
En opinión de Pabón este fenómeno que ha estado desde siempre no es posible contabilizarlo porque no existen denuncias. En los casos permitidos el jurista lo califica como un avance, considerando las situaciones de conflictividad en el país “el delito de acceso carnal violento es muy elevado”, dijo.
La OMS estima que las mujeres recurren al aborto debido a que ningún anticonceptivo es 100% efectivo y continúan habiendo embarazos no deseados. Pero muchas de ellas padecen las complicaciones resultantes de un aborto inseguro que deja secuelas en su salud, por ejemplo infertilidad.
La guía Aborto sin riesgos exige que se garantice la salud de la mujer a través del respeto y cumplimiento de sus derechos reproductivos. Para ello, establece que el Estado ofrezca un servicio seguro y disponible, “tal como contempla la ley” por medio de “profesionales de la salud entrenados y apoyados por políticas, regulaciones y una infraestructura del sistema que incluya equipamiento e insumos, de manera tal que las mujeres puedan tener un rápido acceso a los servicios”, recomienda la OMS según evidencias clínicas.
Según la OMS “en los países donde hay restricciones legales ocurren cuatro veces más muertes maternas que en los lugares donde no existen estas” y tampoco se cuenta con una “interpretación amplia de la salud”. Por ello la guía recomienda aplicar los convenios que defienden este derecho y protegen la vida de la mujer contra tratamientos degradantes y discriminación de género.
IMPLEMENTACIÓN DE LOS SERVICIOS
La guía Aborto sin riesgos recomienda a los gobiernos planificar los servicios de aborto tomando en cuenta factores como “evaluación de la situación actual, establecimiento de normas y criterios nacionales, definición de las habilidades, monitorización y evaluación de servicios y financiamiento”, independientes a las circunstancias, responsabilidades, decisiones o métodos de implementación.
La OMS resalta que adaptaciones menores de los recursos ya existentes como adquisición de equipos adicionales o la provisión de un entrenamiento básico, permiten ofrecer un mejor servicio que llegue a lugares donde “pueda mejorar la calidad, seguridad, eficiencia y capacidad del derecho”.
El proceso de revisión y evaluación de la ICPD+5 (Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo celebrada en Nueva York en 1999) acordó que, en casos en los que el aborto no está contra la ley, “los sistemas de salud deben entrenar y equipar a los proveedores de servicios de salud y tomar otras medidas para asegurar que los abortos sean accesibles y no presenten riesgos”.
El análisis presentado por la Organización Mundial de la Salud manifiesta que hacen falta políticas que aseguren abortos de buena calidad y apunten a lograr resultados positivos a través de servicios de información sobre planificación familiar y apoyo a población especial de mujeres con bajos recursos, adolescentes, víctimas de violación o infectadas por VIH.
“Los programas y las políticas deben remover las barreras que impiden acceder a los servicios a tiempo como la falta de conocimiento sobre la ley y los sitios donde se practican aborto legales, las autorizaciones y los procedimientos innecesarios u obstaculizantes, como períodos de espera o falta de privacidad y las excesivas restricciones que existen sobre el tipo de profesionales de la salud o las instituciones que tienen licencia para realizar un aborto”, concluye la guía.

46 millones de embarazos finalizan en un aborto inducido cada año, pero la mitad de ellos son inseguros. SANTIAGO PÉREZ- EL UNIVERSAL

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