Columna

Planes, políticas públicas

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JUAN CAMILO OLIVEROS CALDERÓN
20 MAY 2016 - 12:00 AM

Durante mayo los nuevos alcaldes y gobernadores estarán presentando el plan de desarrollo para su estudio y aprobación en el Consejo o Asamblea respectiva; en algunos casos, el documento ya ha sido aprobado. En total, tendremos 1.135 nuevos planes de desarrollo, y pese a que el Departamento Nacional de Planeación (DNP) insiste en que tengan una visión a 10 años, la Ley 152 de 1994 determina que estos deben regir durante cuatro años, el mismo tiempo del período constitucional del mandatario de turno.

Los planes de desarrollo orientan la inversión pública para el período referido y deben procurar cumplir con el programa de gobierno que el alcalde o gobernador entregó al inscribir su candidatura en el pasado proceso electoral. Pero, bajo dichas reglas y con los cambios sucesivos en los gobiernos, ¿cómo garantizar la continuidad de las políticas y programas que aparentemente presentan plausibles resultados o que podrían considerarse iniciativas admirables?

En Cartagena y Bolívar se formularon políticas públicas en anteriores administraciones, con un auge particular en los últimos diez años, y con especial énfasis en políticas poblacionales. Ejemplos son las políticas de género y mujer, LGBTI, afrodescendientes, infancia y adolescencia, discapacidad y juventud, entre otras. Todas pensadas para horizontes de tiempo mayores a los cuatro años de la vigencia de un plan de desarrollo.

El diseño de las reglas de juego que encuadran estas cuestiones es contradictorio. Con el ánimo de ofrecer alguna certidumbre para que un nuevo gobernante se enmarque en una ruta determinada, se obliga a las nuevas administraciones a formular un plan de desarrollo. Pero dicha obligación permite que cada cuatro años se barajen de nuevo todas las cartas y en la mayoría de los casos se arranque de cero.

Mientras tanto, las poblaciones y las organizaciones sociales que participaron en la formulación de sus respectivas políticas no tienen más alternativa que insistir en una nueva incorporación de sus asuntos en la agenda, y propender porque dichas políticas contengan decisiones concretas sobre cómo tratar una problemática para facilitar el llamado a su cumplimiento.

Luego de dos décadas de vigencia de la Ley 152 y contemplando que son pocos los países que exigen a todas sus entidades territoriales formular planes de desarrollo atados a los períodos de los gobiernos, se requiere una revisión profunda de la norma para facilitar que los departamentos y municipios puedan planear su desarrollo a largo plazo.

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