El 27 de agosto de 1993, el presidente César Gaviria, sancionaba la Ley 70, o Ley de Comunidades Negras, y así el Estado escribía los primeros renglones de inclusión jurídica de las comunidades afrodescendientes en Colombia. Transcurrirían 143 años desde que en 1850, el presidente José Hilario López, sancionara la ley de abolición jurídica de la esclavización, para que la República reconociera a las comunidades afrodescendientes como un grupo étnico sujeto de derechos, como un actor político de nuestra sociedad.
La Ley 70 de 1993, que estableció “mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana”, fue la ley que instituyó los conceptos y definiciones que permitirían una base común para facilitar el relacionamiento entre instituciones, academia y comunidades.
La Ley se fundamentó en, y estableció como principios: 1. El reconocimiento y la protección de la diversidad étnica y cultural y el derecho a la igualdad de todas las culturas de la nacionalidad colombiana. 2. El respeto a la integralidad y la dignidad de la vida cultural de las comunidades negras. 3. La participación de las comunidades negras y sus organizaciones sin detrimento de su autonomía, en las decisiones que las afectan y en las de toda la Nación en pie de igualdad. 4. La protección del medio ambiente, atendiendo a las relaciones establecidas por las comunidades negras con la naturaleza.
Pasaron 25 años, es el cumpleaños la ley 70. Son 25 años de luchas, de emergencia de organizaciones, líderes, de incidencia del Proceso de Comunidades Negras, la ley que reconoció la propiedad colectiva de los territorios de las comunidades negras, gracias a la cual San Basilio de Palenque, islas del Rosario, La Boquilla, entre otras comunidades, tienen sus territorios definidos y protegidos.
Esa ley, con la que 25 años después, el Estado sigue en deuda con las comunidades afrodescendientes, en espera de que sea reglamentada integralmente. Aún cuatro de sus ocho capítulos esperan la voluntad política y acciones concretas para reglamentarlos. Esto acrecienta la deuda histórica con las comunidades afrodescendientes, sus expectativas, sueños y anhelos, de la cual no escapa el Cartagena de Indias, ni la región Caribe, cuyas políticas públicas diferenciales para comunidades afrodescendientes esperan ser renovadas con su activa participación.
Alfonso Cassiani Herrera
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