El caso de Andrés Felipe Arias constituye un referente para medir nuestro sistema de garantías judiciales frente a los estándares internacionales de derechos humanos.
El Comité de Derechos Humanos, en su dictamen sobre el caso Arias, concluyó que el privilegio de ser juzgado por la Corte Suprema de Justicia no es un permiso para desconocer el derecho del condenado a que su caso sea conocido en dos instancias.
En todos los países civilizados se estima que este es un derecho de cualquier procesado. El Convenio Europeo de Derechos Humanos determina que la doble instancia es derecho del acusado, al punto que el Tribunal de Estrasburgo, por ejemplo, ha condenado a España por impedir su ejercicio efectivo.
Según la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la doble instancia es una garantía fundamental del proceso penal.
Consecuente con dichos parámetros, mediante el Acto Legislativo No. 1 de 2018, se modificó la Constitución, para introducir la doble instancia para aforados constitucionales. Sin embargo, se genera un trato desigual, pues lo dispuesto en la reforma no aplica para los casos juzgados y decididos, en única instancia, por la Corte Suprema.
La polarización política, que despierta el compromiso internacional de garantizar la doble instancia a estos condenados, no puede ser obstáculo para incumplir los estándares de derechos humanos sobre lo que es y debe ser un debido proceso penal. Las garantías están instituidas para proteger a todos los ciudadanos, sean estos de izquierda o de derecha.
Las consecuencias para la seguridad jurídica -revisiones de las sentencias de casos como la parapolítica- tampoco son una razón legítima para negar la garantía: es el coste y la consecuencia que debe pagar el Estado por no respetar la doble instancia a estos condenados.
Garantizar la doble instancia no es sinónimo de impunidad, porque las sentencias condenatorias pueden ser confirmadas por la segunda instancia.
Quienes han sido condenados en única instancia tienen derecho a que su caso sea revisado por una instancia superior.
Las garantías son para proteger a todos, culpables e inocentes; por ello, si en verdad queremos un proceso penal justo, en todos los niveles, es un deber de las instituciones defender la segunda instancia.
*Abogado
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