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Columna

Turbay vs. Cure o los límites del control político

“Los jueces no cuestionan que los diputados hagan control político (para eso están) o critiquen a Turbay. Lo que advierten es que no pueden hacer imputaciones sin respaldo probatorio”.

Tatiana Velasquez

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Un juez ordenó, la semana pasada, cinco días de arresto y multa de cinco salarios mínimos contra Karen Cure, diputada de Bolívar, por incumplir una orden judicial que le exigía rectificar señalamientos contra el alcalde Dumek Turbay. Esa decisión vuelve a poner sobre la mesa una pregunta clave: ¿dónde termina el control político y dónde empieza la afectación al buen nombre?

El caso empezó por unas declaraciones de Cure en una sesión pública de la Asamblea de Bolívar el 19 de enero. Allí señaló a Turbay de haber comprado fiscales para que le borraran, según ella, su “historial corrupto y ratero”.

Turbay presentó una tutela y, el 9 de febrero, el Juzgado Cuarto Penal Municipal de Cartagena tuteló sus derechos al buen nombre, la honra y la rectificación en condiciones de equidad.

Por eso, Cure debía aclarar públicamente que no existía sentencia condenatoria ni prueba que respaldara sus imputaciones contra Turbay. Además, debía hacerlo por los mismos medios, con el mismo despliegue, énfasis, alcance y difusión con que hizo los señalamientos, y también en la siguiente sesión pública de la Asamblea.

Cure alegó que cumplió. Según el fallo de desacato, aportó un informe y un video de su intervención en la sesión del 12 de marzo; sin embargo, el juez concluyó que lo suyo fue un cumplimiento aparente, porque se limitó a leer la parte resolutiva de la sentencia, pero no hizo una rectificación real, efectiva y sustancial. Por esa razón, el despacho declaró configurado el desacato.

Esa sanción, que pasará a revisión de los jueces penales del circuito de Cartagena, no es la única reciente.

Antes, el Juzgado Noveno Penal Municipal de Cartagena había fallado otra tutela a favor del alcalde Turbay y le había ordenado rectificar al diputado José Félix García, primo del mandatario y hermano del senador liberal Lidio García. A diferencia de Cure, García sí acató la orden.

Ese caso también nació de la plenaria de enero. García llamó a Turbay “corrupto” y “bandido”, y le atribuyó conductas delictivas al hablar de la fallida ejecución del alcantarillado de El Carmen de Bolívar, cuyos recursos Turbay gestionó cuando fue gobernador.

Más allá del choque político entre Cure, García y Turbay, ambos casos dejan un punto de fondo: la libertad de expresión y el control político tienen una protección especial, sobre todo frente a funcionarios públicos. Pero esa protección no cubre cualquier señalamiento; en especial cuando se atribuyen delitos sin pruebas, sentencias o respaldo judicial.

En otras palabras, los jueces no cuestionan que los diputados hagan control político (para eso están) o critiquen a Turbay. Lo que advierten es que no pueden hacer imputaciones que no estén respaldadas por sentencias condenatorias ni prueba alguna.

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