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Columna

Las Entidades Territoriales Indígenas (ETI) llegaron para quedarse

Las ETI no atentan contra la unidad del país, pues para nuestra Constitución la unidad nacional y la autonomía territorial no son principios antagónicos sino complementarios.

Carmen Mestizo

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Se ha anunciado que la eliminación de las ETI es una de las reformas legales que aspira a realizar el presidente Abelardo de la Espriella durante su gobierno. Sin embargo, debido a su origen constitucional y su largo desarrollo legal y jurisprudencial, no es viable una derogatoria de estas entidades territoriales.

Las ETI no son invento del presidente Petro como algunos afirman. Las ETI tienen origen constitucional, pero debido a la falta de expedición de una ley orgánica de ordenamiento territorial que las incluya, las ETI han sido reguladas a través de decretos presidenciales. Todos estos emitidos al amparo del artículo 56 transitorio de la Constitución. Por ejemplo, el Decreto 1953 de 2014 que permitió a los pueblos originarios administrar sus propios sistemas y recursos relativos a la salud, la educación, el agua potable y el saneamiento básico, y la atención integral a la primera infancia. El Decreto 632 de 2018 que creó normas específicas para los territorios indígenas ubicados en áreas no municipalizadas de Amazonas, Guainía y Vaupés. El Decreto 482 de 2025 que puso en funcionamiento la ETI de la Alta Guajira y el Decreto 488 que permitió poner en funcionamiento a las ETI en diferentes partes del país. Gracias a este último, ocho ETI en el Amazonas fueron formalizadas en diciembre de 2025.

Las ETI no atentan contra la unidad del país, pues para nuestra Constitución la unidad nacional y la autonomía territorial no son principios antagónicos sino complementarios. Que los pueblos originarios gocen de autonomía en sus territorios, no implica que estos funcionen por fuera del orden legal colombiano; todo lo contrario, las instituciones indígenas son reconocidas como parte de dicho orden.

Así también, las ETI no ponen en riesgo los recursos públicos. Según los decretos emitidos en 2025 sobre estas entidades territoriales, los recursos públicos que se les asignen estarán supeditados a los mecanismos de vigilancia y control del Sistema General de Regalías y Sistema General de Participaciones. Con estas salvaguardas, pensar que los recursos públicos corren peligro porque están bajo la responsabilidad de un gobierno indígena, no es más que un prejuicio racista.

Eliminar las ETI constituye una medida regresiva difícil de sustentar. La conformación de las ETI materializa el derecho de los pueblos indígenas a la autodeterminación, ya que una de sus principales expresiones es el derecho a gobernarse a sí mismos. Eliminarlas estaría en contra del principio de progresividad y su regla de no regresividad, reconocidos por la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Según este principio, el Estado debe ampliar cada vez más el ámbito de realización de un derecho y no disminuir el nivel de satisfacción alcanzado.

*Directora de la línea Étnico Racial, Dejusticia.

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