El Concejo dejó su condescendencia de antes con los gobernantes y parece tomar en serio el control político, ya que archivaron el acuerdo de facultades al alcalde para modificar el presupuesto distrital de 2013.
Pero tal control político debe ser racional y útil.
Dice el presidente del Concejo que es un proyecto de acuerdo “donde el Gobierno solicita unas facultades especiales para incorporar unos recursos, pero no se establece la cuantía...ni la fuente de ingresos del Distrito de tales recursos, por tanto, hay una ambigüedad en la iniciativa”.
Pero en la exposición de motivos se dice que, dada la necesidad de tener en los restantes meses del año una administración ágil, es necesario modificar el presupuesto y aclara que los recursos que se incorporen y trasladen “requieren utilizarse de manera rápida en las obras y servicios prioritarios.”
¿Cuáles? El proyecto archivado dice que “las que coadyuven el cumplimiento del Plan de Desarrollo Distrital” y la Administración se compromete, a través del secretario de Hacienda, a enviar al Concejo dentro de los primeros 10 días de cada mes, “copia de todos los actos administrativos que modifiquen el Presupuesto Distrital adicionando las justificaciones por adiciones, traslados, créditos, contracreditos y demás”.
En cuanto a la fuente de los recursos que reclama el presidente del Concejo, la exposición de motivos dice que “existen recursos para incorporar al Presupuesto de Ingresos del Distrito de Cartagena, tales como la liquidación del mayor valor de los recursos provenientes del Sistema General de Participaciones, los recursos de excedentes de pignoración de deuda pública (Recursos Provisionados), los recursos de la situación de Tesorería de 2012, e igualmente los recursos que obtendremos de parte del Gobierno nacional, ya sea para financiar o cofinanciar los diferentes programas que establecidos en Plan de Desarrollo Distrital.”
Las facultades solicitadas son imprescindibles este año, del que sólo faltan 4 meses, porque según la Administración, “los recursos que se incorporen y trasladen requieren utilizarse de manera rápida en la obras y servicios prioritarios, teniendo en cuenta que el artículo 8º de la Ley 819 de 2003, parte de la base que cualquier acto administrativo que afecte las apropiaciones presupuestales deberán garantizar que el bien o servicio se reciba antes del 31 de diciembre de la respectiva vigencia fiscal, de no ser así se requeriría la autorización de vigencias futuras”.
Tan claros argumentos no le impiden al Concejo “hacer un análisis de conveniencia, legalidad y ponderación al caso”, como señala la Comisión de Presupuesto en un comunicado, para justificar haber archivado el proyecto.
Mientras el Gobierno local hace una lista de obras prioritarias, costos y datos que describan los traslados y apropiaciones, que en todo gobierno se hace a medida que transcurre el período, se le acabarán los dos años al alcalde Dionisio Vélez, y la ciudad estará peor.
El Concejo y la Adminsitración deben apuntalar juntos el desarrollo local, en vez de minarlo.