Editorial


Médicos sin derechos

“Lastimosa e impunemente a una inmensa proporción de trabajadores de la salud les cancelan sueldos irrisorios y atrasados; jamás les pagan primas, cesantías, (...)”

EL UNIVERSAL

17 de febrero de 2020 12:00 AM

No hace mucho tiempo la imagen del médico estaba rodeada de dignidad y sus derechos laborales se daban por descontados; pero hoy las cosas son muy distintas: causa grima que a tantos discípulos de Hipócrates y Galeno los agobie el desespero económico en medio del sometimiento a descarados esguinces contractuales.

Salvo algunos privilegiados, es común que al talento humano del sector de la salud lo contraten por órdenes de prestación de servicios o través de formas tercerizadas, cercenándoles todas o casi todas las prestaciones sociales.

Para entender tan lesiva situación es preciso recordar que los derechos laborales en Colombia protegen a todos por igual, desde el encumbrado funcionario hasta al obrero más humilde.

Recordemos que cuando el presidente José Hilario López, el 21 de mayo de 1852, abolió la esclavitud, se inició la lucha por obtener una serie de derechos que estaban en boga en otras latitudes. Fue así como el 9 de agosto de 1890 el Estado reconoció el pago de ciertas prestaciones de los trabajadores. Años después se logró el derecho a la jubilación, garantizando una vejez relativamente digna.

Posteriormente se puso límites a las extensas jornadas laborales, se reglamentaron la Seguridad Social y el Código Sustantivo del Trabajo (el cual este año cumple 70 años de vigencia).

El 10 de noviembre de 1967 se instituyeron la cesantía anual con sus respectivos intereses; seguidamente, riesgos laborales, descanso remunerado, licencia de maternidad y muchos otros que cumplen medio siglo de promulgados, mientras que para la gran mayoría de los trabajadores de la salud, todas estas conquistas laborales se han convertido en meras quimeras.

La irregularidad de ciertos contratos de prestación de servicios, diseñados para satisfacer necesidades administrativas permanentes, no resisten un elemental análisis para encontrar diáfanamente relaciones laborales, con el derecho al pago de prestaciones sociales a favor del contratista en aplicación del principio de prevalencia de la realidad sobre las formas en las relaciones de trabajo. Lastimosa e impunemente a una inmensa proporción de trabajadores de la salud les cancelan sueldos irrisorios y atrasados; jamás les pagan primas, cesantías, seguridad social, riesgos laborales, incapacidades, vacaciones, licencia de maternidad, horas extras ni recargos nocturnos.

Cuando se aprobó la Ley Estatutaria de la Salud (Ley 1751 del 2015) se esperaba que los derechos laborales de tan irremplazables talentos humanos fueran reivindicados; pero no ha sido así. Y, como si fuera poco, clínicas y hospitales agonizan por el lento flujo de los recursos facturados a las EPS.

No sorprende entonces que los médicos, otrora revestidos de respeto y dignidad, al violarles sistemáticamente sus centenarios derechos laborales, hoy sean un gremio con creciente riesgo de separaciones conyugales, farmacodependencia y suicidios.

Algo hay que hacer de manera pronta y efectiva para desactivar esa bomba social de inmensas, injustas e impredecibles proporciones.

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