Política


Procuraduría sanciona a exalcalde y a exfuncionarios de Turbaco

Por irregularidades en la celebración y ejecución de los convenios interadministrativo.

SOFÍA FLÓREZ

16 de septiembre de 2020 10:06 AM

La Procuraduría Provincial de Cartagena sancionó en primera instancia con destitución e inhabilidad por 18 años al exalcalde de Turbaco, Myron Martínez Ramos (2012 - 2015), por irregularidades en la celebración y ejecución de los convenios interadministrativos suscritos entre la Alcaldía de Turbaco y la Asociación de Municipios del Sinú, como también en el convenio 011 de 2014, celebrado con la Asociación de Municipios de la Sabana y el Sinú.

Asimismo, fueron hallados responsables disciplinariamente otros tres funcionarios adscritos a la Secretaría de Planeación. Estos son Yorleidis Patricia Marrugo, a quien se le amonestó con destitución e inhabilidad por 16 años; Raibert de Jesús López Gómez y Omar Enrique Martínez, a quienes también se les impuso medida de destitución e inhabilidad por 14 y 12 años, respectivamente.

Estos convenios tenían como objeto la construcción de un complejo deportivo, la unidad deportiva Bonanza etapa I y la unidad deportiva La Granja etapa I.

El ente de control encontró que Myron Martínez y Yorleidis Marrugo infringieron los principios de transparencia y economía que regulan la contratación estatal y la función administrativa, al eludir los procedimientos de selección objetiva de la licitación pública por tratarse de contratos de obra civil, y utilizando en cambio la modalidad de contratación directa y omitiendo los estudios previos y diseños que permitieran establecer la viabilidad del proyecto.

Por otra parte, se estableció que Marrugo, López Gómez y Omar Enrique Martínez infringieron el principio de responsabilidad que regula la contratación estatal, al omitir la vigilancia de la correcta ejecución del contrato, permitiendo su incumplimiento, pagos de valor pagado con el efectivamente ejecutado, falta de recibo, liquidación de estos convenios y finalmente el abandono y deterioro de estas construcciones.

El Ministerio Público calificó la conducta de los implicados como faltas gravísimas cometidas con culpa gravísima. La decisión se podrá apelar ante la Regional de Bolívar, por ser de primera instancia.

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