Regional

Ajustan la normatividad sobre restricción a tránsito de motos

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EDITH QUIROZ
27 MAY 2010 - 12:01 AM

El nuevo Decreto 236 de 2010 expedido por el alcalde Jesús Paternina Samur busca dar aplicación a lo establecido en la Ley 1383 de 2010. La Administración Municipal de Sincelejo reorganizó las medidas restrictivas respecto al tránsito de motocicletas en el municipio de Sincelejo, a fin de aplicar lo establecido en la Ley 1383 de 2010 en cuanto al cobro de multas a los infractores de las normas de tránsito. Marcos Arrieta Baquero, secretario de Tránsito Municipal, informó que para ello, la Alcaldía emitió el Decreto 236 de 2010, en donde se recogen todas las medidas que estaban expedidas sobre el particular para que se acomode a la nueva Ley. “La Administración Municipal lo que busca es la organización de manera eficiente de la movilidad en nuestra capital”, dijo el secretario de Tránsito. EN EL ANILLO VERDE En el nuevo Decreto se define el “Anillo Verde”, en la zona centro, y delimitan las vías por donde está restringida la circulación de motocicletas con parrillero durante todos los días de la semana de 6:30 de la mañana a 7:00 de la noche. También la medida contempla la prohibición de la circulación de motos de cualquier tipo y cilindraje los días lunes, miércoles y viernes, en la zona céntrica de Sincelejo, entre las 6:30 de la mañana y las 7:00 de la noche. Asimismo, sigue el pico y placa que restringe la circulación de motocicletas de acuerdo con el último dígito de su placa los siguientes días de la semana: Lunes: motos de cualquier tipo y cilindraje con placas que terminen en 0, 1, 2 y 3. Martes: motos con placas 4, 5, 6 y 7. Miércoles: motos con placas 8, 9, 0 y 1. Jueves: motos con placas 2, 3, 4, y 5. Viernes: placas, 6, 7, 8 y 9. Las multas para quienes infrinjan las anteriores disposiciones, serán sancionados con multa de 15 salarios mínimos diarios legalmente vigentes e inmovilización del vehículo por un término de 10 días, y si es reincidente multa de 15 salarios mínimos diarios legalmente vigentes e inmovilización del vehículo por 20 días y suspensión de la licencia de conducción de 6 meses. El Secretario de Tránsito informó que hay disposiciones también en cuanto al estacionamiento de vehículos en sitios no permitidos y permisos especiales para el tránsito de motocicletas por el Anillo Verde. Es así como prohiben el tránsito y estacionamiento de motos, incluyendo cuatrimotos en los sardineles, andenes, bulevares, esquinas del centro y arterias principales e en general en las zonas peatonales de conformidad al artículo 76 del Código Nacional de Tránsito. PERMISOS ESPECIALES La Secretaría de Tránsito Municipal está facultada para conocer permiso especial de manera excepcional a entidades o establecimientos de comercio debidamente acreditados de cuya actividad dependan personas que laboren para estos de despachos a domicilios o mensajería, o voceadores de prensa, quienes podrán circular en los horarios restringidos sin acompañamiento de parrilleros. Para ello, las solicitudes de permisos especiales deberán ser presentadas ante la Secretaría de Tránsito acompañada de la documentación que acredite a la entidad o establecimiento de comercio en el que recae la responsabilidad de verificar la legalidad de las motocicletas y la documentación de su conductor. El secretario del ramo, Marcos Arrieta, informó que en el nuevo Decreto también se establece lo referente a la identificación de las motocicletas, elementos de seguridad, al igual que la prohibición del transporte de niños y niñas entre 0 y 6 años de edad y mujeres en estado de embarazo en dichos vehículos, entre otros aspectos.

La Administración Municipal ajustó la normatividad vigente en cuanto a la restricción de circulación de motos.

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