Sucre

Regulan circulación de vehículos pesados en Sincelejo

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EL UNIVERSAL
21 JUN 2016 - 12:00 AM

La Administración Municipal de Sincelejo expidió el Decreto 348 de 2016, por medio del cual se regula la circulación de vehículos de tracción pesada en las vías de esta ciudad.

La norma prohíbe el ingreso y circulación al perímetro urbano de vehículos de más de tres ejes, exceptuándose la Troncal de Occidente, que de Sincelejo conduce a los municipios de Sampués y Corozal, y la Variante que conduce de Sincelejo a Santiago de Tolú.

El secretario de Tránsito y Transporte, Víctor Salcedo Cuello, informó que con la puesta en marcha de la medida solo podrán ingresar a Sincelejo vehículos de más de tres ejes para hacer únicamente descargue dentro de los establecimientos comerciales ubicados en la avenida Ocala o carrera 25, cuya cobertura longitudinal está comprendida entre la carrera 38 (Troncal de Occidente) y la final de la misma (intersección con calle 25 y calle 23A).

“Excepcionalmente la Secretaría de Tránsito y Transporte municipal concederá permisos especiales de descargue de mercancías a vehículos de más de tres ejes en el perímetro urbano de la ciudad respetando las normas y señales de tránsito en el horario comprendido de 7:00 de la noche a 6:00 de la mañana, de conformidad con el artículo 78 de la Ley 769 de 2002”, manifestó Salcedo Cuello.

Agregó que a los conductores o propietarios de vehículos que realicen cargue o descargue en sitios y horas prohibidas por las autoridades competentes, se sancionará con multa de ocho (8) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y en caso de reincidencia, se le suspenderá la licencia de conducción por un término de seis meses, de acuerdo a lo establecido en el artículo 124 parágrafo único de la Ley 769 de 2002.

Regulan en Sincelejo la circulación de vehículos de transporte de tracción pesada. ARCHIVO.

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