Un hombre identificado como Roger Stiward Puerto Puerto fue condenado a 23 años de prisión por su participación en un homicidio ocurrido el 28 de abril de 2020 en Cúcuta, Norte de Santander. De acuerdo con las pruebas recopiladas por la Fiscalía General de la Nación, el hoy condenado cumplió un papel determinante en la planeación del ataque contra un ciudadano identificado como Camilo Alexis Gelvez, de 21 años.
Los hechos se registraron en el barrio Cuberos Niño, donde la víctima se encontraba en vía pública junto a su pareja sentimental cuando fue interceptada y atacada por hombres armados.

Según la investigación adelantada por la Fiscalía, Puerto Puerto realizó labores de vigilancia para establecer los movimientos de la víctima y determinar el momento preciso para ejecutar la agresión. Su participación habría sido clave para identificar y ubicar al joven antes del ataque.
Tras resultar herido, Gelvéz fue trasladado a un centro asistencial, donde falleció horas más tarde debido a la gravedad de las lesiones. En el mismo hecho, su compañera sentimental resultó herida. Además se conoció que cumplía detención domiciliara por el delito de por fabricación, tráfico o porte de estupefacientes.
Captura y condena por tres delitos
Por estos hechos, Roger Stiward Puerto Puerto fue declarado responsable de los delitos de homicidio, homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, todas las conductas agravadas.
La investigación permitió establecer su presunta participación en las acciones previas al crimen, particularmente en las labores de seguimiento que habrían facilitado la ubicación de la víctima y la ejecución del ataque armado.
Puerto Puerto fue capturado el 6 de abril de 2021 por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía, con el apoyo de unidades de la Seccional de Investigación Criminal (Sijín) de la Policía Nacional. El procedimiento se llevó a cabo en el municipio de Los Patios, también en Norte de Santander.
La condena impuesta es de primera instancia, por lo que contra la decisión proceden los recursos establecidos por la ley.

