Bogotá


Con material didáctico, la Policía explica el nuevo código de la institución

COLPRENSA

13 de octubre de 2016 02:59 PM

Con infografías, la Policía Nacional busca explicarle a la ciudadanía las normas del nuevo Código de Policía y Convivencia que entra a regir el 30 de enero de 2017.

El Código permite a la Policía cerrar establecimientos públicos cuando el propietario ha cambiado la razón social y permite desconectar el equipo de sonido en una vivienda cuando se trate de un comportamiento contrario a la convivencia, que  perturbe o afecte la tranquilidad en el vecindario.

Con la expedición del Código no será permitido realizar grafitis en lugares públicos o abiertos al público, postes, fachadas, antejardines, muros, paredes, bienes culturales o zonas que no se encuentren habilitadas para esta expresión artística.

En caso de que una persona llegue a pintar un grafiti en estas zonas, se podrá imponer la medida correctiva de reparación de daños materiales de bienes muebles o inmuebles.

Igualmente, la Policía podrá ingresar a residencias sin orden judicial cuando se trate de situaciones de emergencia, para extinguir incendios, dar caza a animales rabiosos y feroces, proteger bienes de personas ausentes cuando haya un robo o cuando se afecte la propiedad o a las personas con vías de hecho.

Con el nuevo Código, las autoridades podrán ingresar a un inmueble para proteger la vida e integridad de las personas, si en el interior se está manipulando o usando pólvora sin el debido cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.

El Código también contiene multas por maltrato animal y por el tránsito de animales sin bozal por un valor de 183.856 pesos y de 325.328 pesos a las personas que manipulen, deterioren, destruyan o bloqueen las puertas de las estaciones u ocasionen daño a los buses articulados de los sistemas masivos de transporte.

Igualmente, hay una multa de 735.424 pesos por votar basura, residuos o escombros en el espacio público.

CÓDIGO YA ESTÁ DEMANDADO

Contra el Código de Policía cursan dos demandas en la Corte Constitucional. Una presentada por el congresista Inti Asprilla y otra más del Partido Verde, el Polo, y varias organizaciones de derechos humanos, argumentando que atenta contra de la protesta social y que entrega excesivas facultades a la Policía Nacional para detener a una persona.

La demanda asegura que el Código de Policía afecta la libertad personal porque la Institución podrá disolver una manifestación pública cuando haya una “alteración de la convivencia”, sin definir exactamente qué hechos pueden considerarse una alteración.

Igualmente, cuestionan que la Policía puede trasladar a las personas hasta por doce horas cuando se esté en estado de embriaguez o de sustancias psicoactivas o tóxicas, cuando se esté involucrado en una riña, cuando se realicen actividades de alto riesgo o cuando se agreda a una autoridad de Policía.

En su criterio, estas normas permiten detener a ciudadanos sin orden judicial y trasladarlos en un carro de la Policía hasta por doce horas “sin haber cometido ninguna infracción, pudiendo ser llevados a un lugar que la norma califica como centro asistencial, hospital u otros, pero ni es claro a cuál lugar irán en cada de las tres hipótesis previstas en la norma y tampoco es claro qué sucederá con la persona trasladada”.

Los congresistas y las organizaciones de derechos humanos además demandaron la facultad de la Policía Nacional de trasladar forzosamente a los habitantes de la calle a hogares o centros de atención, si se encuentran bajo el efecto de sustancias psicoactivas que les vulneren su voluntad y que generen alteración de la convivencia afectando los derechos de los demás ciudadanos.

También se reprocha que no se haya fijado una sanción para los policías o servidores públicos que hagan señalamientos infundados contra manifestantes y se consideró inconstitucional que se permita que excepcionalmente las Fuerzas Militares puedan intervenir en las acciones de contención de la protesta social.

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