Ante la ausencia de uno de los testigos, el representante del consorcio Aseo Cartagena 2006 e interventor de los contratos de aseo, Mayron Vergel Armenta, la defensa del ex secretario general de la Alcaldía, Felipe Merlano, renunció a la prueba testimonial de este en la investigación que adelanta la Procuraduría General de la Nación por el caso de la firma de los otrosíes a estos contratos. La apoderada de Merlano, la abogada Tatiana Romero Luna, envió una carta al despacho de la Procuraduría explicando que no se pudo establecer contacto con Vergel para que asistiera a la audiencia. “No nos afecta esto. Era un testigo más, pero con todas las pruebas allegadas al proceso y con los demás testigos que han declarado, está claro que Felipe Merlano no fue parte del proceso anterior a la firma, ni de consultas o conceptos”, dijo Romero Luna. La audiencia del pasado 23 de noviembre, donde se presentó la mayoría de los testigos citados, fue suspendida por la ausencia de Vergel, quien fue citado por la defensa de Merlano de la Ossa. La situación fue informada vía telefónica a la procuradora segunda delegada para la Contratación Estatal, Irma Trujillo Ardila. Así las cosas, el despacho dio paso a la audiencia de alegatos de conclusión para el próximo 11 de diciembre. Concepto del interventor La investigación que adelanta la Procuraduría no contará con las declaraciones del interventor de los contratos de aseo o, al menos, no por ahora. Este diario tuvo acceso a un concepto jurídico, elaborado por el abogado Ricardo Hoyos Duque, que fue presentado al alcalde Campo Elías Terán Dix, a nombre del consorcio Aseo Cartagena 2006. El documento, firmado por el gerente técnico del consorcio, Mayron Vergel Salvador, y fechado el 24 de agosto de 2012 es decir, tres días antes de la firma de los otrosíes se refiere a la “prórroga en plazo y adición en valor al contrato de concesión mencionado”. En la página 12 del concepto se cita la sentencia C-949 de 2001, de la Corte Constitucional, y se señala: “no puede desconocerse que la prórroga de los contratos (...) puede ser aconsejable para la administración desde el punto de vista técnico y financiero”. Seguidamente indica que la entidad competente debe contar con la posibilidad de evaluar los beneficios que produciría para el Estado y el interés público una ampliación de los contratos “sin estar atada a la camisa de fuerza que implica la prórroga automática”. La sentencia dice que “para la Corte, la inconstitucionalidad radica en el carácter automático de la prórroga y no en la prórroga misma que, según se anotó, puede ser una herramienta muy útil en determinados casos”. La Gerencia Técnica del consorcio destaca los dos últimos párrafos del concepto, en los que se expresa que si la prórroga implica adición del valor inicialmente previsto, no puede exceder del 50 % de su valor inicial, como lo establece la Ley 80 de 1993. “En el caso concreto, como lo que se pretende es adicionar al contrato de concesión para la prestación del servicio ordinario de aseo los servicios especiales a cargo del Distrito de Cartagena, así como prorrogar el contrato, la sumatoria de la adición y de la prórroga no puede sobrepasar ese límite, por cuanto la violación de esa prohibición podría traer consecuencias disciplinarias”, concluye el concepto. En la rueda de prensa virtual que el alcalde Terán Dix ofreció desde Bogotá el 10 de septiembre de este año, expresó que ni él ni Merlano en ese tiempo alcalde encargado conocieron “con anterioridad que se venía discutiendo alguna modificación en estos contratos”, por lo que le sorprendió la actuación de la otrora asesora de Servicios Públicos, Diana Figueroa Meriño. (Escuche el audio de esta declaración) Sin embargo, la carta que antecede el concepto de la firma interventora, y que fue enviada al Alcalde, termina diciendo: “esperamos haber dado respuesta a sus interrogantes y estaremos atentos a cualquier aclaración que considere pertinente”. Escuche abajo las declaraciones de Campo Elías Terán sobre la firma de los otrosíes. Si no se visualiza la aplicación, actualice la página.

Tatiana Romero (centro), apoderada de Felipe Merlano en el proceso, señaló que no los afecta la ausencia del interventor de los contratos. KAILLINE GIRALDO, EL UNIVERSAL