El ciudadano Julio Romero, habitante de Manga, nos envía una serie de fotos con las cuales sustenta que los andenes de este barrio no pueden cumplir su cometido específico de permitir la circulación peatonal con seguridad, debido a factores limitantes como el estacionamiento de vehículos, el apostamiento de vendedores permanentes de fritos, chance, minutos y demás, y a la invasión por edificaciones o residencias para utilizarlos como parqueaderos privados (Lea: Controles de parqueo en calles del Centro Histórico generan discusiones).
Romero Alandete recurre a la norma que rige este tipo de espacio público, el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), que en su Artículo 173, Numeral 2, establece que Cartagena adolece de elementos constitutivos de espacio público apropiado para la circulación y tránsito de las personas, por lo cual se debe emprender un plan agresivo de mejoramiento y ampliación de la red de circulación peatonal (Lea: Gobierno Distrital recupera espacio público de Bocagrande).También establece en el Artículo 236 que “los parqueaderos para visitantes de una edificación no podrán ser vendidos ni cedidos a ningún título, y serán de uso común y para el uso de los visitantes de dicho edificio” (Lea: Invaden otro carril de la Avenida Pedro de Heredia frente a Bazurto).ANTEJARDINESFinalmente hace alusión a la norma que determina, en el mismo POT, que los antejardines, a pesar hacer parte del inmueble, son espacios privados de uso público.Con esta disposición, el Distrito de llegar a necesitar algún antejardín, podrá hacer uso del mismo, por ejemplo, para ampliaciones de vías o andenes. Artículo 239: “Sobre los antejardines no podrá levantarse ninguna construcción, ni siquiera provisional, tales como garajes”.













