Cartagena


Condenan a hombre por rellenar y lotear la ciénaga de La Virgen

El condenado era integrante de una red dedicada a los rellenos y loteos de terrenos de bajamar de este cuerpo de agua.

YESSICA RIVERA PORRAS

07 de diciembre de 2022 11:00 AM

Los delitos contra el medio ambiente no son un juego y por primera vez en Cartagena se sentenció a una persona por estas actuaciones.

El Juzgado Octavo Penal del Circuito de Cartagena condenó a un hombre a 4 años de prisión por los delitos de daño a los recursos naturales agravado y concierto para delinquir.

(Lea aquí: ¡Las demolieron! Fueron tumbadas casuchas en rellenos en la Ciénaga de la Virgen)

El condenado es Lewis Altamar Gómez, de Clemencia (Bolívar) y de 35 años, quien en audiencia de imputación en mayo de 2021 aceptó los cargos endilgados por la Fiscalía General de la Nación.

Lewis recibió una rebaja de pena por aceptación de cargos y prestar colaboración a la justicia. La pena que debía pagar era de 96 meses de prisión.

Altamar era integrante de una red dedicada a los rellenos y loteos de terrenos de bajamar en la ciénaga de La Virgen, para posteriormente ser vendidos como tierras que se adquirirían por posesión, disfrazando la actividad ilegal en una venta legal. Dichas acciones se ejecutaban luego de las coordinaciones que se hacían vía telefónica, en las que se estipulaban los sitios exactos para llevar a cabo los rellenos, los cuales se hacían con volquetas.

Según la investigación, la participación de Lewis Altamar Gómez “consistía exactamente en identificar zonas de bajamar, predios con ecosistemas de manglares o cenagosos, contratar personas para la logística del relleno, hacer las consignaciones pertinentes de los viajes de las volquetas y pagarle a los trabajadores que llevaban a cabo la actividad, convirtiéndose en un activista de los rellenos en la ciénaga de La Virgen, en sectores como Puerto Rey, Tierrabaja, Punta Canoa, Olaya Herrera, entre otros en los periodos entre septiembre de 2019 a agosto del año 2020”.

Se precisa que el Juzgado Octavo Penal del Circuito de Cartagena también declaró que el condenado tiene derecho a la suspensión condicional de la ejecución de la pena, es decir, que no será llevado a prisión y seguirá en libertad bajo constante vigilancia.

“La persona condenada no tiene antecedentes penales, y examinados los requisitos se tiene que se cumple el factor objetivo, es decir, que la pena a imponer es inferior a cuatro años de prisión y en cuanto al factor subjetivo, Lewis Altamar tiene arraigo y demás factores que indican que cumplirá la sentencia sin que se requiera tratamiento penitenciario, nunca se les ha impuesto medida de aseguramiento, ha demostrado su voluntad de acogerse a la justicia con la aceptación de responsabilidad, por lo cual se concederá este beneficio, previa suscripción de acta de compromiso, con las obligaciones previstas en el Artículo 65 del Código Penal”, se lee en un aparte del fallo.

Dichos compromisos y obligaciones son: asistir a los requerimientos que se establezcan por parte de las autoridades; solicitar autorización del juez para salir del país; reparar la totalidad de los daños causados por el delito, salvo que se demuestre que el condenado es insolvente; informar cualquier cambio de residencia; y tener buena conducta.

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