comscore
Cartagena

Fracasó un nuevo intento de frenar la demolición de Aquarela

Un juzgado negó la pretensión de la constructora Promotora 47 de suspender el desmonte, por lo que la intervención sigue.

Fracasó un nuevo intento de frenar la demolición de Aquarela

Edificio Aquarela. // Julio Castaño

Compartir

Ayer viernes comenzó el final del edificio Aquarela luego que la Alcaldía de Cartagena iniciara las obras del desmonte gradual de la torre, ubicada a escasos 200 metros del Castillo San Felipe y que puso en riesgo la declaratoria de Patrimonio Inmaterial y Cultural de la Humanidad, por parte de la Unesco.

Ahora la ciudad espera que el próximo domingo caiga el piso 25, el último de la torre. La intervención está estimada para durar seis meses, por las condiciones de la estructura y los protocolos de seguridad, por lo que se proyecta que Aquarela será demolido en su totalidad a finales de agosto. Cada piso se eliminaría gradualmente y dicho desmonte, piso por piso, tardará alrededor de una semana por planta. Video: Arrancó demolición del edificio Aquarela

En medio de la obra ingenieril, Promotora 47, constructora del edificio, perdió otra batalla jurídica, la más reciente, en su intento de suspender la demolición.

Cabe recordar el desmonte de Aquarela se dio por orden del Inspector de Policía No 2 de la Casa de justicia de Canapote, mediante Resolución No 001 del 9 de octubre de 2018 y confirmada mediante resolución 7589 de 2018 por la Secretaría del Interior, para restituir los 619.59 m² de espacio público que el edificio ocupaba de forma irregular y estableció que, si en dicho término no se realizaba la restitución, el Distrito debe realizar la restitución a través de la demolición.

Esta orden fue reiterada, en primera instancia, por la jueza Décimo Segundo Administrativo Oral de Cartagena, Sandra Zúñiga Hernández, al declarar que se vulneraron los derechos colectivos al goce del espacio público, así como al patrimonio cultural de la Nación.

Sin embargo, el pasado 30 de enero, Promotora 47 presentó una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra el Distrito de Cartagena, que buscaba que se desvirtuaran las órdenes policivas que ordenaron la demolición y como medida cautelar la suspensión del desmonte de Aquarela. Le puede interesar: El viacrucis de Aquarela: el recorrido hacia la demolición

No obstante, el pasado 20 de marzo, la jueza María Angélica Somoza, jueza del Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Cartagena negó la solicitud de parar la demolición de la torre 1 de Aquarela, estimando las órdenes de la Inspección de Policía No. 2 y, por ende, la demolición sigue según su cronograma.

Cruces que motivaron la decisión judicial

Promotora 47 afirmó en su demanda que existen dos hechos sobrevinientes que justificaban su petición: un proceso penal adelantado por la Fiscalía General de la Nación en contra de las arquitectas Xenia Cecilia Gómez y Claudia Elena Velásquez que rindieron dictamen pericial dentro del proceso policivo adelantado por la Inspección de Policía; y la potencia e inminencia de la demolición ya iniciada.

En contravía, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, dependencia nacional que ha asesorado al Distrito en el tema, afirma que esto no son hechos nuevos ni relevantes para alterar el devenir procesal, pues esta denuncia existe desde 2019 sin afectar el proceso. “Esta solicitud hace evidente el afán dilatorio de la constructora en relación con la protección de la legalidad y de derechos colectivos como el espacio público y el patrimonio cultural”, indicó la Agencia.

También en su demanda, la firma adujo que toda intervención al edificio debe ser responsabilidad de ellos como desarrolladora del proyecto y aseveraron que existen elementos probatorios que le quitan fundamento a la orden de demolición. Lea: “La incursión del Distrito en la obra es una arbitrariedad”: constructores de Aquarela

“Esto generaría un daño antijurídico que debería ser resarcido por el Estado, lo cual implica una afectación al interés público que se configuraría si no se decretan las medidas solicitadas”, reseñaron.

Y agregaron: “Este desmonte afecta el interés público, pues se ve demostrada una ingente inversión de recursos públicos que se pretende destinar para la demolición del edificio. Lo cual constituiría un evidente detrimento patrimonial del Estado en comparación con la posibilidad de que se restituya el espacio público supuestamente ocupado mediante un corte transversal de la estructura, alternativa que sería evidentemente más económica”.

Por consiguiente, Promotora 47 expuso al Juzgado que, si no decretaba las medidas solicitadas, “sería más gravoso para el interés público, toda vez que daría vía libre para una inversión de recursos desproporcionada de cara a la existencia de otras alternativas técnicas diferentes a la demolición”.

Con respecto a esto, tanto la Agencia de Defensa Jurídica del Estado y el Distrito indicaron que el desmonte se realiza debidamente bajo el marco legal, siendo una etapa correspondiente a la ejecución de las medidas correctivas, tal y como fueron decretadas por las autoridades policivas.

“Lo cierto es que desde 2020 se están realizando labores de carácter administrativo y técnico para materializar la orden de demolición. El desmonte es un paso más en esos trámites. En efecto, en el caso concreto, se han realizado ingentes gestiones para ejecutar dichos actos administrativos y lograr la demolición de la edificación ordenada por las autoridades de policía, en particular dada la extraordinaria complejidad de la demolición y los riesgos que existen para la comunidad y para el patrimonio cultural”, precisó la Agencia.

“Reiteran en algo ya resuelto”

Tras revisar las posiciones de la constructora, de la Agencia y del Distrito, el Juzgado Cuarto Administrativo negó la solicitud, subrayando que Promotora 47 en ocasiones anteriores ha solicitado la misma medida cautelar que previamente había sido resuelta. Le recomendamos: A finales de agosto, el polémico edificio Aquarela dejará de existir

Con respecto al proceso penal contra las dos funcionarias, el Juzgado indicó que, al ser una investigación abierta, debe precisarse que el artículo 29 superior y el Código de Procedimiento Penal establecen que “toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable, y debe ser tratada como tal mientras no quede en firme decisión judicial definitiva sobre su responsabilidad penal”. Por consiguiente, la jueza Somoza no acreditó irregularidad alguna que habilite un nuevo estudio de la medida cautelar ya antes negada.

Por último, el Juzgado no encontró elementos para considerar que la demolición de Aquarela sea irregular, pues el Distrito cumple una orden policiva, un escenario ya estudiado por la justicia al momento de negar la anterior solicitud de medida cautelar, concretamente en el auto del 27 de febrero de 2020.

En suma, la togada negó la solicitud de suspensión de los actos administrativos enjuiciados y ordenó continuar con el trámite del proceso, lo que desestima todo tropiezo al desmonte gradual de Aquarela.

A continuación el fallo del Juzgado.

Siga las noticias de El Universal en Google Discover
Únete a nuestro canal de WhatsApp
Reciba noticias de EU en Google News