La formulación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Cartagena ha sido objeto de discusión en las últimas semanas, pues recientemente la Asociación Nacional de Empresarios (Andi) radicó ante la Secretaría de Planeación Distrital las observaciones que le hicieron a dicho documento. Algunos sectores de la ciudad le pidieron al Distrito suspender dicho proceso; sin embargo, desde la Alcaldía continúan realizando mesas de trabajo para explicarle a la ciudadanía lo que se planea para la ciudad. Lea: Andi entregó documento con observaciones al POT
En medio de la controversia, el abogado y especialista en Derecho Público, Agustín Leal Jerez, presentó la semana pasada ante el Juzgado Cuarto Administrativo del Distrito de Cartagena una solicitud para que ese despacho proceda a levantar la medida cautelar de suspensión provisional contra las normas que rigen las cesiones urbanísticas en el suelo rural. También le puede interesar: Nuevo POT de Cartagena, tema central de foro de sostenibilidad
“Camacol Bolívar promovió una demanda de nulidad contra el POT que ha terminado con la suspensión provisional de todas las normas del Decreto 0977 del 2001-POT del Distrito, que tienen que ver con las cesiones urbanísticas en el suelo rural”, dijo Leal.
Y agregó: “Nuestra solicitud muestra al juez Cuarto, primeramente, cómo está organizado el suelo rural del Distrito, especialmente el suelo rural suburbano (zona norte, Barú y Tierrabomba), que no solo lo gobierna el POT, sino el Acuerdo 14 de 1994. Enseguida nos ocupamos de explicarle al despacho judicial la forma en cómo este acuerdo organizó al suelo suburbano de la zona norte y Barú. Estas dos zonas fueron organizadas como un todo, es decir, en su conjunto, a través de la figura de las Unidades de Manejo, hoy bien conocida como Unidad de Planificación Rural”.
“El aspecto cultural tiene que ver con el asentamiento en estas zonas de comunidades raizales, debidamente reconocidas por el Ministerio del Interior. Se le ha hecho saber al Juzgado Cuarto Administrativo las consecuencias jurídicas de su fallo y el impacto ambiental y urbanístico que este pueda tener”, agregó.
Leal indicó que lo que el POT denomina “cesiones gratuitas”, en la práctica “no son más que cargas urbanísticas, inherentes al espacio público, determinantes ambientales y equipamientos comunales, necesarias e indispensables para que el desarrollo urbanístico genere un hábitat sustentable en la ejecución de los proyectos urbanísticos que se construyan dentro de la Unidad de Manejo”.
“Esta decisión judicial podría estar poniendo en riesgo la política pública de vivienda rural tan publicitada por el Gobierno Petro. Por ello, esta medida cautelar, sin proponérselo el Juzgado Cuarto, podría estar vulnerando derechos colectivos en cabeza de todos los cartageneros, especialmente de los habitantes y raizales de los centros poblados del Distrito de Cartagena”, enfatizó.
