Cartagena


Sanción al alcalde Dau por incumplir fallo de sustitución de carromulas

El fallo fue emitido por el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena. Según la Umata, en la ciudad hay 274 vehículos de tracción animal.

Este martes, 25 de mayo, se conoció el fallo del Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena por el incidente de desacato en contra del alcalde William Dau Chamatt por el presunto incumplimiento de la sustitución de vehículos de tracción animal (VTA) en la ciudad, orden proferida en sentencia del 26 de febrero de 2016. (Le puede interesar: Abren incidente de desacato por fallo sobre carromulas)

El juez Enrique Antonio del Vecchio Domínguez indicó que si bien la acción popular pide al Distrito la destinación de recursos económicos suficientes a fin de implementar proyectos o programas que permitan la sustitución de estos vehículos, facilitar e incentivar el desarrollo y promoción de actividades alternativas de empresa para los conductores de los mismos, las pruebas documentales aportadas por la administración demuestran el incumplimiento de la orden.

Y es que según el último censo realizado por la Unidad Municipal de Asistencia Agropecuaria (Umata), el cual tuvo lugar en el año 2019, en Cartagena hay 274 propietarios de animales utilizados como vehículos de tracción animal.

“Es apropiado decir que en el año 2015 se sustituyeron 80 vehículos y en el año 2018, 19 vehículos más, y que actualmente el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) se encuentra en proceso de adquirir 16 vehículos adicionales (motocarros). Sin embargo, este despacho considera que la adquisición de 16 vehículos para la sustitución de animales es insuficiente si tenemos en cuenta el censo realizado por la Umata. Tampoco se logra ver dentro de un tiempo prudencial que se vayan a adquirir nuevos vehículos”, dice un aparte del documento emitido por el estrado judicial.

Añadió que “con solo tener en cuenta la fecha en que se profirió la sentencia de acción popular que nos ocupa, y la fecha en que se emite esta providencia, se colige sin mayores complicaciones que han transcurrido aproximadamente 5 años, sin embargo, aún existen 274 personas esperando que se les entregue el motocarro mediante el cual sustituirán al animal que les sirve para lograr su sustento económico. No es admisible para este estrado judicial, que en todo este tiempo transcurrido, el Distrito no haya podido solucionar esta situación de manera definitiva”.

El despacho afirmó que si bien se entienden las dificultades para la adquisición y entrega de los motocarros y los problemas económicos que atraviesan el país y el mundo por la pandemia, la Alcaldía no puede desligarse de sus obligaciones excusándose en la calamidad pública generada por el COVID-19, pues antes de esta situación tampoco se hicieron mayores esfuerzos para lograr el cumplimiento total de la sentencia de acción popular.

Lo que se ordena

Ante este panorama, el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena declaró en desacato al alcalde William Dau, en calidad de representante legal del Distrito, y lo sanciona con cinco salarios mínimos legales mensuales a favor del Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, conmutables en arresto de cinco días.

También exhorta al mandatario para que en la mayor brevedad posible y sin dilaciones injustificadas, ejecute las ordenes emitidas en la acción popular proferida el 26 de febrero de 2016 y confirmada por el Tribunal Administrativo de Bolívar, mediante providencia del 22 de junio de 2017. (Lea aquí: Carromulas en Cartagena: juez pasa a la Alcaldía al tablero)

“William Dau Chamatt, en calidad de representante legal del Distrito, no ha acatado de forma completa la orden proferida por este estrado, pues el cumplimiento de las órdenes en acciones populares, debe ser completo e inmediato, y en consecuencia, cualquier cumplimiento sesgado sin justificación alguna, debe entenderse como una actitud desobediente, circunstancia que da al traste con la conducta diligente que debe asumir toda persona, natural o jurídica, en este tipo de actuaciones judiciales”, resolvió el juez.

Del Vecchio Domínguez se abstuvo de sancionar por desacato al director del DATT, Janer Galván; y a la directora de la Umata, Luisa Horta Orozco, debido a que, según el informe presentando, han acatado lo ordenado en la acción popular.

“El despacho considera que no se puede pregonar el incumplimiento de la Umata si tenemos en cuenta que según el fallo de acción popular, la orden dada a esta entidad consistía básicamente en i) hacer campañas pedagógicas mensuales para persuadir e incentivar a los conductores de Vehículos de Tracción Animal al cumplimiento del marco normativo vigente de la Ley 84 de 1989, y ii) hacer campañas de sanidad veterinaria, que atiendan de manera inmediata y oportuna los animales enfermos y heridos, viejos, discapacitados utilizados, y las pruebas documentales demuestran que se han ejecutado las acciones”, se lee en el fallo.

En lo que se refiere a las órdenes dadas al DATT, la sentencia de acción popular le ordenó realizar controles a los vehículos de tracción animal en las avenidas y calles que ya entraron al programa de sustitución animal, además de esto, ejecutar las mismas acciones que le fueron ordenadas a la Umata.

“Se observa que el DATT ha dado cumplimiento a la orden judicial ejerciendo el respectivo control sobre los vehículos de tracción animal, y como prueba de ello se pueden verificar los comparendos impuestos a los distintos propietarios a lo largo de los últimos años. La entidad también ha efectuado reuniones con Umata con la finalidad de establecer un orden de priorización de los beneficiarios para la entrega de16 motocarros”, argumentó el despacho.

Reacciones

María Victoria Dezubiría, coadyudante en la acción popular y quien hace parte de la Asociación Protectora de Animales, afirmó que con este fallo espera que el Distrito por fin saque de las calles a todos los burros y caballos que son usados como vehículos para transportar escombros, madera, basura y cualquier tipo de carga que en ocasiones exceden su propio peso.

Sostiene que no hay voluntad política para cumplir la sentencia, tras señalar que no se han dispuesto las partidas presupuestales donde se haga una caracterización, y que posterior a ello, pueda financiarse bien sea por vehículos de motor u otra actividad económica para los ‘carromuleros’.

La animalista añadió que Cartagena es de las pocas ciudades principales del país que no ha cumplido con la sustitución de los VTA, de acuerdo a lo expuesto en el artículo 98 del Código Nacional de Tránsito Terrestre.

Desde la Oficina Asesora Jurídica de la Alcaldía de Cartagena aclararon que la decisión proferida por el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena no está en firme y pasará al Tribunal Administrativo para que se surta el grado jurisdiccional de consulta.

Agregaron que el Distrito sí adelanta las gestiones tendientes al cumplimiento del fallo a través de las dependencias competentes: DATT y la Umata.

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