133 comparendos han sido aplicados por la Policía Metropolitana de Cartagena en los primeros días del 2021. Esto a personas que siguen sin acatar las medidas de bioseguridad consignadas en el Decreto 1608 del 21 de diciembre de 2020 expedido por la Alcaldía.
También se notificaron 74 aglomeraciones no permitidas y 243 riñas que involucraron armas cortopuzantes y objetos contundentes pero que fueron oportunamente controladas por los grupos de reacción policial.
Las caravanas de seguridad, integradas por cuadrantes, grupos de reacción motorizada (Goes) y el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) fueron desplegadas en barrios como San Francisco, La Esperanza, La Candelaria, Olaya Herrera, Fredonia, El Pozón, Bicentenario, Las Palmeras, Villa Rosita, El Socorro, Blas de Lezo, Nuevo Bosque, Nueve de Abril, Nelson Mandela, San Fernando y en los corregimientos de La Boquilla, Pasacaballos y Santa Ana.
“La invitación sigue siendo la misma que venimos dando a conocer hace nueve meses y medio. Que la gente se quede en casa, mantener el distanciamiento, autocuidado, la protección personal, lavado de manos y el uso del tapabocas. Todavía hay personas que no entienden que estos elementos son de vital importancia para la protección de la salud, debido al COVID-19”, manifestó el secretario del Interior, David Múnera Cavadía.
De igual manera, el alcalde de Cartagena William Dau exhortó tanto a turistas como a propios a cumplir con las medidas y a disfrutar de la ciudad. “El hecho de tener que usar el tapabocas y guardar el distanciamiento social no quiere decir que no pueden venir a pasar sabroso en Cartagena. Pueden ir a playa, caminar, tomar fotos, recorrer las murallas, aquí hay muchísimos sitios donde ir y disfrutar”, dijo.
Restricciones siguen vigentes
Cabe recodar que el Decreto 1608 del 21 de diciembre de 2020 fija el decreto de pico y cédula por último dígito par e impar de manera ininterrumpida hasta el viernes 15 de enero, para la entrada a entidades financieras, mercado de Bazurto y almacenes y supermercados de grandes superficies.
De igual manera hay restricciones de horario para el funcionamiento de los establecimientos de comercio, los cuales pueden abrir de 5 a.m. a 1 a.m. a excepción de tiendas, terrazas, billares, estancos, refresquerías, licoreras y salsamentarias cuyo horario debe ser de 6 a.m. a 10 p.m.
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