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Colombia

Comisión de Acusaciones no puede investigar fiscalmente a los aforados

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El fallo del Consejo de Estado que precisó que la Contraloría General de la República sí tiene competencia para investigar fiscalmente a los magistrados envueltos en el ‘Carrusel de Pensiones’, deja en claro que la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes no tiene competencia para adelantar este tipo de procesos a los aforados, incluyendo, al Presidente de la República y el Fiscal General de la Nación.
Es decir, que en eventual caso de una falta de índole fiscal del presidente de la República y del Fiscal General no sería la Comisión de Acusaciones la pertinente para investigarlo sino la Contraloría General.
“Acá se deriva que la Contraloría es el órgano constitucional y legal para hacer ese tipo de averiguaciones y la responsabilidad por hechos que pueden tener connotaciones disciplinarias para que vaya a la Comisión de Acusaciones”, señaló este martes el presidente del Consejo de Estado, magistrado Gustavo Gómez Aranguren al indicar que no existe funcionario público que sea inmune a la esas responsabilidades.
“Acá quedó claro que la actividad de control fiscal es una actividad administrativa y por orden constitucional radicada en el órgano de control fiscal que es la Contraloría”, explicó.
El fallo  recuerda, citando a la Constitución Política,  que las medidas que puede imponer el Senado al conocer una acusación de la Cámara de Representantes contra aforados, “son decisiones de carácter eminentemente sancionatorio o punitivo, y no resarcitorias, como sí lo son las resultantes del proceso de responsabilidad fiscal”.
Aranguren, precisó además que la Comisión de Acusaciones debe “tramitar denuncias de relevancia penal o disciplinaria en el caso de los aforados para que defina si esos hechos son pasibles de declaración disciplinaria,  que lo hará al senado y, si de esos hechos se deriva responsabilidad penal pues irán a la Corte Suprema de Justicia”, dijo.
El magistrado Gómez reiteró igualmente que el fallo tomado por la Sala de Consulta y Servicio Civil de esa Corporación es de obligatorio cumplimiento y que, de no ser así, se estaría quebrantando  el ordenamiento jurídico.
Eso sí señaló que el fallo insta a la Comisión de Acusaciones para que “se enfoque en continuar su investigación en el campo disciplinario y penal para que vaya eventualmente al senado”.
Entre tanto, los casos en materia fiscal deberán continuar en la Contraloría y no podrán proseguir en la Comisión de Acusaciones. 

Gustavo Gómez Aranguren, presidente del Consejo de Estado.
Gustavo Gómez Aranguren, presidente del Consejo de Estado.
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