La Procuraduría General de la Nación se pronunció con dureza frente a los actos de presunta rebeldía del canciller, Álvaro Leyva, y del presidente, Gustavo Petro, tras no acatar la decisión de suspender al ministro de su cargo por tres meses.
El viceprocurador general, Silvano Gómez Strauch, aseguró que la actitud del mandatario y del ministro “atenta contra el Estado de derecho, la Constitución y la ley”, y agregó que se trata de “un nefasto precedente que pone en riesgo la estabilidad institucional”.
Este pronunciamiento se da luego que el 24 de enero se ordenó la suspensión provisional del canciller Álvaro Leyva por las presuntas irregularidades presentadas en la licitación para la fabricación de los pasaportes en el país. Lea aquí: Apartan a Angélica Monsalve del caso sobre carrusel de carros blindados en la UNP
La medida llegó, según el ente de control, para evitar una “posible reiteración de las faltas disciplinarias que se le atribuyen”. Sin embargo, nueve días después, aun habiendo recibido la debida notificación el presidente, la determinación no se ha cumplido.
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Incluso, Leyva continúa ejerciendo, como lo muestran varios documentos oficiales firmados esta semana por el alto funcionario. Entre ellos, doce decretos de nombramiento de cónsules y una respuesta al representante Edinson Vladimir Olaya frente a la licitación de pasaportes y el altercado que derivó en la salida de la exdirectora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Este jueves se conoció que la defensa del titular de la Cancillería pidió a la entidad que se declare impedida a la procuradora general, Margarita Cabello, para revisar suspensión provisional, alegando que no es competente para tomar dicha decisión. Le puede interesar: Álvaro Leyva firmó un documento pese a estar suspendido de su cargo
En un oficio elevado al órgano de control, la defensa de Leyva eleva la petición “debido a sus manifestaciones realizadas públicamente sobre la decisión proferida por la Sala Disciplinaria de Instrucción”.
Asimismo, manifestó que no puede ser admisible esta decisión sin antes escuchar y garantizar los derechos de defensa y contradicción del funcionario investigado: “Toda actuación administrativa deberá ser resultado de un proceso en el que la persona tuvo oportunidad de expresar sus opiniones, y mi mandante nunca tuvo aquella opción, por lo menos de forma real y efectiva”.