Luego de que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunciara que se levantaba la contingencia decretada el pasado 12 de agosto debido a problemas técnicos que afectaron el diligenciamiento y presentación de declaraciones tributarias y el pago de impuestos, se conocieron los nuevos horarios para la declaración de renta.
La decisión se tomó tras certificar que los servicios tecnológicos han recuperado su estabilidad y funcionan correctamente, según informó la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología.
Con la contingencia levantada, la DIAN ha establecido que los contribuyentes cuyas obligaciones tributarias vencían entre el 12 y el 16 de agosto podrán presentar sus declaraciones y realizar los pagos correspondientes hasta el próximo 20 de agosto sin incurrir en sanciones ni intereses. Para los contribuyentes con fechas de vencimiento posteriores al 16 de agosto, se mantienen las fechas establecidas en el calendario tributario. Le puede interesar: DIAN extiende plazo para declarar renta por fallas técnicas, ¿hasta cuándo?
La entidad también informó que continuará monitoreando sus servicios y ofrecerá asistencia a los ciudadanos durante el fin de semana y el lunes festivo, a través de todos sus canales de atención. La DIAN agradeció la comprensión de los contribuyentes durante la contingencia y destacó su compromiso con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

De acuerdo con el calendario tributario de la entidad, las personas que debían presentar la declaración de renta del 12 al 16 de agosto, eran aquellos cuyos últimos dígitos del NIT fueran:
- Agosto 12: 01-02
- Agosto 13: 03-04
- Agosto 14: 05-06
- Agosto 15: 07-08
- Agosto 16: 09-10
Mientras que el resto de agosto, la deben presentar:
- Agosto 20: 11-12
- Agosto 21: 13-14
- Agosto 22: 15-16
- Agosto 23: 17-18
- Agosto 26: 19-20
- Agosto 27: 21-22
- Agosto 28: 23-24
- Agosto 29: 25-26

