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¿Por qué lo pueden despedir del trabajo en Colombia? Estas son las 15 causas legales

El Código Sustantivo del Trabajo en Colombia establece causales de despido con justa causa. Conoce cuáles son y qué hacer si el despido no se alinea con estas razones demarcadas en la normativa.

¿Por qué lo pueden despedir del trabajo en Colombia? Estas son las 15 causas legales

Aquí te explicamos cuáles son las razones de despido en Colombia según la normativa.

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En Colombia, se considera despido injustificado cuando un empleador termina el contrato laboral de manera unilateral sin que exista una causa válida reconocida por la ley. En estos casos, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización económica y al pago de las prestaciones sociales pendientes, como cesantías, intereses, prima de servicios, vacaciones y aportes a seguridad social.

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, los empleadores pueden ejercer el despido si se cumple con alguna de las razones que se encuentran en su Artículo 62. Si la terminación del contrato no corresponde a alguna de estas causales, el despido se entenderá como injustificado. Te podría interesar: Reforma laboral 2025 en Colombia: 10 puntos clave que debes conocer.

Por estas razones te pueden despedir de tu trabajo en Colombia. //Archivo
Por estas razones te pueden despedir de tu trabajo en Colombia. //Archivo

Razones legales de despido en Colombia

El artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo establece las principales razones que pueden dar lugar a la terminación del contrato por parte del empleador. Estas son:

1. Haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o para obtener un provecho indebido.

2. Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores contra el empleador, su familia, directivos o compañeros.

3. Actos graves de violencia, injuria o malos tratos cometidos fuera del servicio en contra del empleador, sus familiares, representantes, socios, jefes de taller o vigilantes.

4. Daños materiales causados intencionalmente a edificios, obras, maquinarias, materias primas, instrumentos u otros objetos relacionados con el trabajo, así como negligencias graves que pongan en peligro la seguridad.

5. Actos inmorales o delictivos cometidos en el lugar de trabajo o durante el desempeño de las funciones.

6. Violación grave de las obligaciones o prohibiciones que incumben al trabajador, de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o aquellas estipuladas en convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.

7. La detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, salvo que posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional superior a ocho (8) días, o inferior, si la causa de la sanción justifica la extinción del contrato.

8. Revelación de secretos técnicos o comerciales o difusión de información reservada, con perjuicio para la empresa.

9. Deficiente rendimiento en relación con la capacidad del trabajador y el promedio en labores similares, siempre que no se corrija en un plazo razonable tras el requerimiento del empleador.

10. Incumplimiento sistemático de obligaciones convencionales o legales, sin justificación válida.

11. Vicios del trabajador que afecten la disciplina del establecimiento.

12. Negarse de manera reiterada a cumplir medidas médicas preventivas, profilácticas o curativas ordenadas por el empleador o las autoridades.

13. Ineptitud del trabajador para realizar las funciones asignadas.

14. Reconocimiento de pensión de jubilación o invalidez mientras el trabajador aún está vinculado a la empresa.

15. Enfermedad contagiosa o crónica no profesional, así como lesiones que incapaciten al trabajador por más de 180 días. El despido solo puede realizarse al vencimiento de este tiempo y no exime al empleador del pago de las prestaciones e indemnizaciones correspondientes. Lee también: Reforma Laboral 2025: ¿cómo transformará el trabajo en Colombia?

¿Cuándo un despido es injustificado en Colombia?

Un despido se considera injustificado de acuerdo con el Ministerio de Justicia y del Derecho cuando:

1. No se da un preaviso de terminación en los términos del contrato, el cual se debe realizar con por lo menos, 30 días calendario de anticipación.

2. No ha finalizado la obra o labor contratada.

3. No existe una justificación válida para la terminación.

4. No se respetó el debido proceso en la terminación del contrato.

Derechos del trabajador frente a un despido injustificado

Cuando la terminación del contrato no cumple con las causales legales, el empleado de acuerdo con información de Min Justicia, puede exigir:

- Indemnización económica: en contratos a término fijo, el pago del tiempo restante; en indefinidos, depende de los años de servicio y del salario.

- Prestaciones sociales completas: cesantías, intereses, prima de servicios, vacaciones y seguridad social.

- Reintegro laboral: en casos de despido de mujeres embarazadas, personas con discapacidad o trabajadores con fuero sindical, un juez puede ordenar el reintegro y el pago de salarios dejados de percibir.

Conoce las causales contempladas en el Articulo 62 de Código Sustantivo del Trabajo.
Conoce las causales contempladas en el Articulo 62 de Código Sustantivo del Trabajo.

¿Qué hacer si me despiden sin justa causa en Colombia?

Si un trabajador considera que fue despedido de manera injustificada, puede seguir este procedimiento:

1. Reclamar ante el empleador el pago de la indemnización correspondiente.

2. Presentar un derecho de petición solicitando el pago en caso de incumplimiento.

3. Acudir al inspector de trabajo más cercano o a un centro de conciliación privado.

4. Si no se llega a un acuerdo, presentar una demanda laboral ante los jueces competentes.

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