La Corte Suprema de Justicia marcó un precedente clave en el sistema pensional colombiano al establecer que los fondos privados deberán indemnizar a los afiliados que fueron trasladados de régimen con información insuficiente o engañosa. La decisión, emitida por la Sala de Casación Laboral el martes 14 de abril de 2026, redefine el alcance de la responsabilidad de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
El fallo responde a una problemática que ha generado múltiples controversias en los últimos años: los traslados desde el régimen público hacia el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), en muchos casos realizados sin que los afiliados comprendieran plenamente las implicaciones de su decisión. Lee también: El motivo por el que Colpensiones podría pausar el pago de su pensión en Colombia.

¿Cuándo deben indemnizar los fondos pensionales por mala asesoría?
En esta oportunidad, la Corte resolvió cinco recursos de casación y fijó una doctrina clara: cuando una AFP incumple su deber de informar de manera suficiente, clara y oportuna, incurre en una “responsabilidad previsional”, una figura autónoma que no depende de las reglas tradicionales de la responsabilidad civil.
Esta responsabilidad, según explicó el alto tribunal, se sustenta en normas como el Decreto Ley 656 de 1994 y el Decreto 720 del mismo año, y tiene como objetivo proteger el derecho de los ciudadanos a tomar decisiones informadas sobre su futuro pensional.
Uno de los puntos más relevantes del fallo es que la Corte reconoce como daño la pérdida de la oportunidad de haber elegido un régimen más favorable, especialmente en casos donde el afiliado termina recibiendo una pensión inferior en el sistema privado.
Qué deben demostrar los afiliados para recibir indemnización
Para que proceda la indemnización, los afectados deberán demostrar tres elementos fundamentales. El primero es la existencia de un daño, entendido como la afectación al derecho de elegir de manera informada. El segundo es la culpa de la AFP, que se configura cuando la entidad no brindó información veraz, suficiente y comprensible. Y el tercero es el nexo causal, es decir, la relación directa entre la falta de información y la decisión que terminó perjudicando al afiliado.
La Corte fue enfática en señalar que este perjuicio se concreta en el momento en que la persona es reconocida como pensionada en el RAIS y comienza a recibir su mesada, ya que es en ese punto cuando se materializa el impacto económico de la decisión.

Cómo será la indemnización y cómo se calcula
En cuanto a la forma de reparación, el tribunal descartó que se trate de un pago periódico o de una diferencia pensional mensual. En su lugar, estableció que la compensación debe ser una indemnización única, basada en el concepto jurídico de “pérdida de oportunidad”.
Esto significa que no se reconoce un ingreso futuro asegurado, sino la posibilidad frustrada de haber accedido a una mejor pensión. Por esta razón, la Corte consideró que no es viable aplicar la figura del lucro cesante, ya que no existía certeza absoluta sobre el cumplimiento de los requisitos en el régimen público.
Para calcular el monto de la indemnización, la Corte diseñó una fórmula técnica que incluye variables como la probabilidad pensional, es decir, qué tan cerca estaba el afiliado de cumplir los requisitos para pensionarse en el régimen público.
Desde cuándo se puede reclamar la indemnización
Otro aspecto clave del fallo tiene que ver con la prescripción. La Corte aclaró que el tiempo para reclamar la indemnización no comienza desde el traslado de régimen, sino desde el momento en que el pensionado conoce de manera definitiva el monto de su mesada, es decir, cuando es incluido en nómina.
Esta precisión resulta fundamental, ya que amplía el margen de acción para quienes consideran haber sido afectados por una mala asesoría.
La decisión, sin embargo, no fue unánime. Algunos magistrados manifestaron su desacuerdo, argumentando que la reparación debería hacerse mediante pagos periódicos que reflejen la diferencia real entre las pensiones, y no a través de una indemnización única.
Finalmente, la Corte anunció que desarrollará una herramienta digital para facilitar el cálculo de estas indemnizaciones, lo que permitirá a jueces y autoridades aplicar de manera más ágil esta nueva doctrina. Lee también: Petro acusa a la Contraloría de “cómplice de un robo” por recursos de pensiones.

