Colombia

Suspenden decreto que obligaba a pacientes a trasladarse de EPS en Colombia

El Consejo de Estado frenó el decreto sobre reorganización territorial de las EPS en Colombia. Estos son los detalles.

Suspenden decreto que obligaba a pacientes a trasladarse de EPS en Colombia

Nueva EPS. // Foto: Colprensa

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Este lunes, 6 de mayo, el Consejo de Estado anunció que suspendió, de manera provisional, el Decreto 0182 de 2026, mediante el cual el Gobierno ordenaba la reorganización territorial de las EPS en Colombia y limitaba el número de aseguradoras por municipios y departamentos.

El Consejo de Estado señaló que este decreto produciría una “afectación relevante del derecho fundamental a la salud, en particular de la libre escogencia, y de los principios de accesibilidad, disponibilidad, calidad y continuidad del servicio”.

La decisión llegó tras la demanda interpuesta ante el alto tribunal por la representante a la Cámara Katherine Miranda, del Partido Verde, quien advirtió sobre el traslado forzoso de millones de afiliados hacia la Nueva EPS, entidad intervenida por la Superintendencia Nacional de Salud desde el 3 de abril de 2024.

La providencia frenó la aplicación del acto administrativo que, según los cálculos consignados en el expediente judicial, implicaría el traslado de 6,6 millones de afiliados entre aseguradoras, de los cuales cerca de 2,6 millones serían asignados a la Nueva EPS.

Decreto sobre reorganización territorial de las EPS en Colombia, ¿de qué trataba?

El decreto modificaba el funcionamiento del aseguramiento en salud, priorizaba el enfoque territorial y ordenaba el traslado de 6,6 millones de usuarios, principalmente a EPS intervenidas como Nueva EPS.

El decreto, expedido por el ministro de Salud Guillermo Alfonso Jaramillo, establecía que en departamentos con más de dos millones de habitantes, solo permanecerán las EPS que reúnan al menos el 5% de los afiliados locales ; en regiones intermedias, el umbral subía al 10 %; en territorios con poblaciones entre 100.000 y 390.000 habitantes, alcanzaba el 15 %; en ciudades, el mínimo era del 3 %; y en localidades de menos de 20.000 personas, solo se permitía la operación de una sola EPS.

Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud. // Foto: Colprensa
Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud. // Foto: Colprensa

De acuerdo con un estudio técnico del propio Ministerio de Salud, denominado “Mecanismos diferenciales para la operación del aseguramiento en salud con enfoque territorial y poblacional”, en 502 municipios del país la Nueva EPS iba a quedar como el único operador autorizado para los regímenes contributivo y subsidiado.

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