Colombia

Consejo de Estado suspende traslado de $25 billones de AFP a Colpensiones

La decisión fue adoptada por la Sección Segunda del alto tribunal y se conoció a pocos días de que vencieran los plazos fijados para ejecutar el giro de esos recursos.

Consejo de Estado suspende traslado de $25 billones de AFP a Colpensiones

Imagen de referencia de la sede del Consejo de Estado. // Foto: Colprensa.

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El Consejo de Estado suspendió este lunes los apartes restantes del Decreto 415 de 2026, norma expedida por el Gobierno nacional que ordenaba a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) trasladar a Colpensiones cerca de $5 billones correspondientes a unos 20.000 afiliados que ya consolidaron su derecho pensional.

La decisión fue adoptada por la Sección Segunda del alto tribunal y se conoció a pocos días de que vencieran los plazos fijados para ejecutar el giro de esos recursos. Lea: Magistrada de Cartagena irá a juicio por presunto pago irregular millonario

Frenan millonario giro pensional a pocos días de vencerse el plazo

Con esta nueva medida cautelar, se amplía la suspensión parcial decretada el pasado 28 de abril, cuando ya se había frenado el traslado de otros $20 billones pertenecientes a cerca de 97.000 afiliados que cambiaron de régimen, pero aún no habían cumplido los requisitos para pensionarse.

En total, queda detenido el traslado de aproximadamente $25 billones desde el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) hacia el Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones.

Imagen de referencia de billetes colombianos. // Foto: Archivo - El Universal.
Imagen de referencia de billetes colombianos. // Foto: Archivo - El Universal.

¿Qué decía el Decreto 415 de 2026?

El Decreto 415, expedido el 20 de abril de 2026, reglamentó el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, conocida como reforma pensional.

La norma establecía que las AFP debían transferir a Colpensiones el 50 % de los recursos en un plazo máximo de 20 días y el otro 50 % dentro de los 10 días siguientes. En algunos casos, los tiempos se reducían a 15, 20 y 30 días.

El decreto aplicaba a los recursos de personas acogidas a la llamada “ventana de traslado”, mecanismo creado por la reforma para quienes están a menos de diez años de la edad de jubilación.

Las razones del Consejo de Estado para suspender el decreto

En la providencia del 28 de abril, con ponencia del magistrado Juan Enrique Bedoya Escobar, el Consejo de Estado advirtió que la ley fue clara al señalar que los recursos de los afiliados que usaran la oportunidad de traslado debían seguir siendo administrados por las AFP hasta que se consolidara la pensión.

Según el tribunal, el decreto modificó esa condición legal al anticipar el traslado de los recursos sin respaldo normativo suficiente.

Además, el alto tribunal señaló que ejecutar la medida antes de una decisión de fondo podría generar efectos irreversibles desde el punto de vista financiero y frente al derecho a la seguridad social en pensiones.

Gobierno defiende la medida

El pasado 4 de mayo, el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Hacienda y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado presentaron un recurso para revertir la primera suspensión.

El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, aseguró que con el Decreto 415 estaba en juego la estabilidad del sistema pensional colombiano y el derecho a una pensión digna. Lea: Inflación en Colombia volvió a subir y llegó a 5,68 % en abril de 2026

También afirmó que cuando una persona se traslada de régimen, sus recursos deben hacerlo, y advirtió que Colpensiones ya estaría asumiendo obligaciones sin recibir el dinero correspondiente.

Asofondos y gremios celebraron la decisión

El proceso judicial fue impulsado inicialmente por una demanda de nulidad presentada por el ciudadano Jesús Hernando Baena Álvarez. Luego se sumaron al menos 13 demandas adicionales, incluida una tutela y acciones promovidas por Asofondos y las AFP Porvenir, Protección, Skandia y Colfondos.

El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, había solicitado extender la suspensión al total del decreto, argumentando que los recursos deben mantenerse como ahorro pensional y no utilizarse para cubrir obligaciones actuales.

Por su parte, la presidenta del Consejo Gremial Nacional, Natalia Gutiérrez, pidió decisiones urgentes antes del 14 de mayo, fecha límite para girar los $5 billones restantes.

Reforma pensional sigue en revisión

La Ley 2381 de 2024 permanece suspendida en su trámite ante la Corte Constitucional, salvo el artículo 76, que regula la ventana de traslado para personas a menos de diez años de la edad pensional y con un mínimo de semanas cotizadas.

Hasta la fecha, cerca de 120.000 afiliados se acogieron a esa posibilidad, de los cuales unos 20.000 ya consolidaron su derecho pensional.

El Consejo de Estado aclaró que esta suspensión provisional no significa una decisión definitiva sobre el caso, pues los cargos de nulidad serán resueltos en la sentencia final.

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