Colombia

DIAN ampliaría plazos para presentar la información exógena 2025

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) publicó un proyecto de resolución con el que busca ampliar los plazos para la presentación de varios reportes.

DIAN ampliaría plazos para presentar la información exógena 2025

El Punto de Contacto de la DIan en Cartagena está en el barrio Manga. //Archivo - El Universal

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Miles de contribuyentes podrían contar con más tiempo para cumplir una de las principales obligaciones tributarias del calendario fiscal.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) publicó un proyecto de resolución con el que busca ampliar los plazos para la presentación de varios reportes de información exógena correspondientes al año gravable 2025, debido a inconvenientes técnicos y ajustes regulatorios identificados durante el proceso.

Dian estudia ampliar los plazos para presentar la información exógena del año gravable 2025

De aprobarse la medida, algunos formatos podrán presentarse hasta finales de agosto de 2026, lo que representaría una extensión de hasta dos meses frente a las fechas inicialmente establecidas. El objetivo es facilitar el cumplimiento de la obligación y garantizar que la información llegue de manera completa y correcta a la autoridad tributaria. Lea: Bono de Lectura 2026: fechas, requisitos y cómo cobrar los $60.000

¿Por qué la Dian ampliaría los plazos para presentar la información exógena?

La información exógena reúne datos relacionados con pagos, retenciones, contratos y demás operaciones económicas realizadas por personas naturales y jurídicas. Estos reportes son utilizados por la Dian para realizar cruces de información y verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Según la entidad, la ampliación responde a dos situaciones principales. La primera está relacionada con inconsistencias detectadas en los formatos 2839 y 2840, donde se identificaron problemas en las llaves únicas necesarias para registrar adecuadamente la información. Estas fallas podrían impedir que algunos obligados reporten sus operaciones de manera correcta.

La segunda situación corresponde al formato 2820. La Dian explicó que algunos contribuyentes lograron presentar la información sin utilizar el Instrumento de Firma Electrónica exigido o enfrentaron fallas técnicas en la plataforma de recepción de archivos, lo que dificultó el cumplimiento oportuno de la obligación.

Además, la entidad recordó que la Resolución 000012 del 29 de abril de 2026 modificó anexos y especificaciones técnicas de varios formatos. Sin embargo, dichos anexos no fueron publicados inicialmente en el Diario Oficial, situación que generó incertidumbre entre los contribuyentes y motivó la propuesta de ampliar los vencimientos.

Estos son los formatos que tendrían nuevos vencimientos

De acuerdo con el proyecto de resolución, los formatos 2839 y 2840 podrían presentarse hasta el 31 de agosto de 2026. Esta medida beneficiaría a quienes deben reportar información relacionada con proyectos certificados por APC-Colombia y otros registros contemplados en dichos formatos.

En el caso del formato 2820, los contribuyentes que lo presentaron sin firma electrónica o que no pudieron hacerlo debido a fallas técnicas tendrían plazo hasta el 31 de julio de 2026 para corregir o volver a enviar la información.

La Dian aclaró que, en estos casos, la nueva presentación reemplazaría la anterior sin generar sanciones por este motivo.

Asimismo, el proyecto contempla la ampliación de plazo hasta el 31 de agosto de 2026 para los formatos 2823, 2824, 2825, 2826, 2827, 2828, 2829, 2833, 2834 y 2835.

Estos reportes corresponden principalmente a ministerios, entidades públicas, corporaciones autónomas regionales, organizaciones sin ánimo de lucro y otras personas jurídicas obligadas a suministrar información exógena.

Sede de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, en Cartagena. //Archivo - El Universal
Sede de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, en Cartagena. //Archivo - El Universal

¿Cómo impactaría esta medida a los contribuyentes?

Para las personas y entidades obligadas a presentar información exógena, la ampliación representaría un margen adicional para corregir errores, ajustar formatos y adaptarse a las nuevas especificaciones técnicas exigidas por la Dian.

La medida también contribuiría a reducir el riesgo de rechazos en los archivos enviados, requerimientos posteriores y eventuales sanciones derivadas de inconsistencias en los reportes tributarios.

Aunque la propuesta aún no ha sido adoptada oficialmente, la Dian busca garantizar que la información correspondiente al año gravable 2025 sea presentada con mayores niveles de calidad, integridad y oportunidad, tanto para los contribuyentes como para la administración tributaria.

Preguntas frecuentes sobre la ampliación de plazos para la información exógena

¿Por qué la Dian ampliaría los plazos para presentar la información exógena?

La entidad busca solucionar inconvenientes técnicos y ajustes regulatorios que han dificultado el envío correcto de algunos reportes tributarios.

¿Qué formatos tendrían nuevos vencimientos?

Los formatos 2839, 2840, 2820 y otros reportes identificados con los códigos 2823 al 2835 podrían beneficiarse de la ampliación de plazos.

¿Qué pasará con quienes presentaron el formato 2820 sin firma electrónica?

Tendrían plazo hasta el 31 de julio de 2026 para corregir o volver a presentar la información conforme a los requisitos exigidos por la Dian.

¿Cómo beneficiaría la medida a los contribuyentes?

La ampliación otorgaría más tiempo para corregir errores, cumplir con las especificaciones técnicas y reducir riesgos de rechazos o sanciones.

¿La ampliación ya está vigente?

No. Actualmente se trata de un proyecto de resolución que deberá ser adoptado mediante una norma definitiva para entrar en vigor.

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