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Dian anuncia devolución automática de saldos a favor para declarantes de renta e IVA: así funciona

Miles de contribuyentes podrán recuperar dinero pagado de más en impuestos debido al mecanismo de devolución automática implementado por la Dian. Estos son los detalles.

Dian anuncia devolución automática de saldos a favor para declarantes de renta e IVA: así funciona

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). // Foto: Colprensa

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que durante 2026 continuará aplicando la devolución de saldos a favor de los contribuyentes, pero esta vez de forma automática, con el fin de agilizar la entrega de recursos derivados de las declaraciones de renta y del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Este mecanismo permite que el Estado devuelva a los contribuyentes los valores pagados en exceso o los saldos a favor generados en sus declaraciones tributarias. Estos se producen cuando las retenciones en la fuente, anticipos u otros pagos realizados durante el año superan el impuesto que finalmente debe pagarse.

En estos casos, los contribuyentes pueden solicitar a la Dian la devolución de esos recursos para recibirlos en su cuenta bancaria o utilizarlos para compensar otras obligaciones tributarias.

La medida aplica para quienes presentaron la declaración de renta correspondiente desde 2023 a 2025, así como para personas naturales que hayan declarado mediante el formulario 210 y responsables del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

¿Qué se necesita para solicitar la devolución de saldos a favor ante la Dian?

Para acceder a la devolución automática de saldos a favor, los contribuyentes deben cumplir una serie de requisitos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

En primer lugar, es necesario tener actualizado el Registro Único Tributario (RUT), incluyendo dirección, correo electrónico y responsabilidades tributarias. Además, la firma electrónica (IFE) debe encontrarse vigente.

También se debe presentar una certificación bancaria de una cuenta de ahorros o corriente activa, a nombre del contribuyente. Este documento debe haber sido expedido por una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera y tener una vigencia no mayor a un mes.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian. // Archivo El Universal.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian. // Archivo El Universal.

Otro requisito importante es no tener deudas pendientes con la Dian. En caso de existir obligaciones tributarias, la entidad descontará esos valores antes de realizar cualquier devolución.

Asimismo, el contribuyente debe cumplir con la denominada regla del 85 %, que exige que al menos ese porcentaje de los costos, gastos e IVA descontable reportados en la declaración estén respaldados mediante factura electrónica.

¿Cómo realiza el pago la Dian?

La forma de pago dependerá del monto que la Dian deba devolver:

  • Si el saldo a favor es inferior a $52.374.000 (1.000 UVT), el dinero será consignado directamente en la cuenta bancaria registrada por el contribuyente.
  • Si supera ese valor, la devolución se realizará mediante Títulos de Devolución de Impuestos (Tidis), que pueden negociarse en el mercado de valores y tienen una vigencia de un año.

La Dian recordó que la solicitud de devolución puede realizarse hasta dos años después del vencimiento del plazo para declarar. Sin embargo, destacó que el uso de la facturación electrónica facilita y agiliza este proceso.

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